Siguiente: Subgrupo Técnico 6 - Superior: Documentos del Mercosur Anterior: Límites máximos de ruídos

Declaración del Taranco

Reunidos en Montevideo, el día de junio de 1995, a invitación del Ministro de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente de la República Oriental del Uruguay, los Ministros y Secretarios de Estado responsables del área del Medio Ambiente de los Estados Partes del MERCOSUR- Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay, examinaron problemas ambientales de interés común, a partir de la siguiente agenda.

a. Avances de la Reunión Especializada de Medio Ambiente del MERCOSUR (REMA)

b. Legislación y Normas y Ambientales en el MERCOSUR

c. Introducción a la Discusión de las Normas ISO 14.000.

d. Consideraciones sobre los Impactos Ambientales de la Hidrovía Paraguay-Paraná

e. Acciones Conjuntas en Areas de Ecosistemas Compartidos.

f. Coordinación de Posiciones en los Acuerdos Internacionales de Medio Ambiente

g. Costos Ambientales de los Procesos Productivos.

h. Después de un extenso y provechoso Intercambio de opiniones, los Ministros y Secretarios de Estado responsables del área del Medio Ambiente del MERCOSUR, acordaron la siguiente declaración.

``Los Ministros y Secretarios de Estado responsables del área del Medio Ambiente de los Estados Partes del MERCOSUR, analizaron los principales avances alcanzados por la Reunión Especializada de Medio Ambiente del MERCOSUR (REMA), en particular el establecimiento de los Lineamientos Básicos en Materia de Política Ambiental, la recopilación de las legislaciones ambientales nacionales, el relevamiento y la priorización de los acuerdos internacionales relacionados a la temática ambiental y a la elaboración de un esquema de trabajo. Atendiendo los objetivos específicos y las múltiples tareas realizadas, evaluaron como muy positiva la actuación de la REMA en el período de transición del MERCOSUR.

Reconocieron la necesidad de reforzar el marco institucional para el tratamiento de la temática ambiental en el MERCOSUR. Por lo tanto, se empeñaran en la dinamización del proceso de articulación interna en los respectivos países.

Con esa finalidad, entienden necesario que la temática ambiental sea incluida en el más alto nivel de discusión.

Así, coincidieron en la conveniencia de transformar la REMA en un SUBGRUPO DE TRABAJO, del GRUPO MERCADO COMUN.

Recordaron que la Resolución número 22/92 del Grupo Mercado Común (GMC) instituyó la REMA con el cometido de analizar la legislación vigente en los Estados Partes y proponer acciones con la finalidad de proteger el medio ambiente por medio de recomendaciones al GMC. En ese contexto, la REMA realizó un relevamiento de la legislación de los cuatro países y una comparación preliminar de la estructura legal existente, con miras a su futura armonización, en el entendido de que armonizar no implica establecer una legislación única, sino eliminar eventuales asimetrías y dirimir divergencias.

Consideraron esencial la identificación de prioridades para la armonización de la legislación ambiental, establecida como tareas para 1995.

Analizaron los aspectos relativos a las normas ISO 14.000 y expresaron su preocupación por los impactos de su posible aplicación como factor diferenciador de competitividad para productos originarios del MERCOSUR en el mercado Internacional.

Con este propósito, y teniendo presente el papel central que corresponde al sector privado en la discusión del tema, resaltaron la necesidad de un seguimiento efectivo del proceso de definición de la ISO-14.000 y coincidieron en la conveniencia de que el tema continúe siendo examinado por las instancias competentes.

Reiteraron la importancia de los estudios de impacto ambiental relativos al Proyecto Hidrovía Paraguay-Paraná y resaltaron la relevancia de los trabajos a desarrollar por el Grupo Técnico Ambiental, según lo aprobado en la XVII Reunión del Comité Intergubernamental de la Hidrovía. Una vez concluidos los estudios de Impacto Ambiental serán analizados por la autoridad ambiental nacional de cada país con vistas a su licenciamiento/habilitación del proyecto. Los países encararán los esfuerzos necesarios para la concertación de posiciones en esta materia.

Destacaron la importancia de fomentar, en el ámbito del MERCOSUR, la concertación de acciones con miras a la armonización de procedimientos relativos a actividades que puedan generar impactos ambientales en ecosistemas compartidos.

Coincidieron en la importancia de incentivar la concertación de posiciones de los países del MERCOSUR en los foros internacionales de medio ambiente, en particular en lo que se refiere a la implementación de la Agenda 21 (Comisión de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas), así como a los acuerdos ambientales multilaterales. A ese respecto, reconocieron la utilidad de definir estrategias y procedimientos de articulación previa.

Vieron con satisfacción el proceso iniciado en el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) en el sentido de reorientar y regionalizar sus actividades, brindando asistencia a los países de la región en lo que se refiere a la evaluación ambiental, por medio de un sistema de gestión de la información que permita su intercambio e integración.

Evaluaron como oportuna y conveniente la decisión de considerar actividades de intercambio de experiencias metodológicas referidas a la valoración e inclusión del costo ambiental asociado a los procesos productivos, como una forma de contribuir a la identificación y promoción de normas y legislación que aseguren condiciones ecuánimes de protección ambiental y competitividad.

Al final de la Reunión, los Ministros y Secretarios de Estado responsables del área de Medio Ambiente de Argentina, Brasil y Paraguay coincidieron en destacar la utilidad de la iniciativa del Gobierno uruguayo y los resultados positivos del encuentro, que permitió la discusión a un elevado nivel político, de temas ambientales de reconocida importancia para la región como un todo, a la vez que exteriorizaron su profundo agradecimiento por la hospitalidad del pueblo y del Gobierno del Uruguay.''



Subsecciones
Siguiente: Subgrupo Técnico 6 - Superior: Documentos del Mercosur Anterior: Límites máximos de ruídos
Secretaría de Medio Ambiente