Ref. Expte. 4105/82.
El expediente 405/82, mediante el cual el Liceo Naval Militar ``Dr. Francisco de Gurruchaga'' efectúa la donación de un ancla tipo Almirantazgo con cepo rebatible de 500 kgs., para ser colocado en la Plaza ``Armada Argentina'' de Barrio Ciudad del Milagro; y,
Que tan digno gesto materializa el propósito de acercamiento y colaboración de las autoridades de la mencionada institución Militar para con ésta Municipalidad; y,
Que el artículo 21 - Inciso 4 de la Ley 1349 de Organización y Funcionamiento de Municipalidad faculta al municipio a aceptar donaciones;
En uso de las facultades conferidas por el Decreto 497/81, que acuerda al titular del Ejecutivo Municipal a más de las funciones que le son propias, las inherentes al Concejo Deliberante;
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SALTA
DECRETA:
Artículo 1 .- Acéptase la donación de un ancla tipo Almirantazgo con cepo rebatible de 500 kgs., efectuada por el Liceo Naval Militar ``Dr. Francisco de Gurruchaga'' a favor de ésta Municipalidad, para ser colocada en la Plaza ``Armada Argentina'' de Barrio Ciudad del Milagro.
Artículo 2 .- Agradecer a las autoridades del Liceo Naval Militar ``Dr. Francisco de Gurruchaga'' la donación efectuada.
Artículo 3 .- Tome razón Secretaría de Obras Públicas con sus respectivas dependencias.
Artículo 4 .- Remítase copia de la presente Ordenanza al Liceo Naval Militar ``Dr. Francisco de Gurruchaga''.
Artículo 5 .- La presente Ordenanza será refrendada por los señores Secretarios de Gobierno, Hacienda y Obras Públicas.
Artículo 6 .- Comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal.
Promúlguese, téngase por Ordenanza, comuníquese, regístrese bajo el número 3490 insértese en el Boletín Municipal y Archívese.