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Ordenanza 8161

Ref. Expte. 82 - 41115/96

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNION, HA ACORDADO Y
ORDENA:

Artículo 1 .- Aceptar la donación efectuada por el Instituto Provincial de Desarrollo Urbano y Vivienda a favor de la Municipalidad de la Ciudad de Salta, de una superficie de terreno de 8.554,80 m$^2$, correspondiente a la matrícula 39.783 - Sección L - Manzana 196 b - Parcela 1 - Departamento Capital y que se discrimina de la siguiente manera:

- Superficie destinada a ochavas 45,75 m$^2$.

- Superficie destinada a pasajes 1.187,40 m$^2$.

- Superficie destinada a Espacios verdes 3.453,28 m$^2$.

- Superficie destinada a calles (continuación calle Santa María) 3.868,37 m$^2$.

- Total 8.554,80 m$^2$.

Artículo 2 .- Comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal.

Dada en sala de sesiones del Concejo Deliberante de la Ciudad de Salta, a los tres días del mes de junio de mil novecientos noventa y ocho. Sanción 3108.

Sierra - Huergo

Departamento Ejecutivo, 6 de julio de 1998.

Promúlguese, téngase por Ordenanza, publíquese, regístrese bajo el número 8161, insértese en el Boletín Municipal y archívese.

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Secretaría de Medio Ambiente