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Ref. Nota 407/89 CD - Expte. 38985/89
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNION, HA ACORDADO Y
ORDENA:
Artículo 1 .- Desígnase con el nombre de ``Parque Los Lapachos'' el
terreno comprendido entre los límites siguientes:
- Al Este:
- por una poligonal definida por el plano 6625 y 7079 separan
los terrenos de Jaime Durán y Radio Club con los del Gobierno de la
Provincia (Catastro de mayor extensión 43.297 y 59.459) definida
por los puntos II según plano 7079 (a) y mojón de hormigón del Tiro
Federal según plano 6625 (b).
- Al Oeste:
- por una poligonal definida por los eucaliptus que van
paralelos a la calle norte del Cementerio de la Santa Cruz, hasta
intersectar una línea imaginaria que es prolongación del mismo norte
del Cementerio hasta la calle S/N (c) que da frente a las parcelas 2
y 20 de la manzana 2 de la sección ``O'', luego por una poligonal
definida a 3 mts., paralela a la calle Juana Fernández hasta
intersectar el límite este de la parcela 14 manzana 1 y límite este
de la parcela 18 hasta intersectar el límite norte de la calle
Alderete (e), luego siguiendo por este hasta intersectar los límites
oeste de las manzanas 3 y 4 del Barrio Portezuelo Sur (f), de allí
hacia el norte hasta intersectar la ruta Nacional 34 (g).
- Al Norte:
- una poligonal definida por la Ruta Nacional 34 que va
desde la intersección de la prolongación del límite norte de la
parcela 17 y 16 manzana 4 con la ruta Nacional 34, luego cruzando
la Ruta Nacional 34 hasta la intersección de una línea imaginaria
que es prolongación del frente de la parcela 3, Mat. 51.376
Portezuelo Norte (h); luego bordeando el lado sur del Barrio
Portezuelo Norte pasando el límite de la manzana 20 y 22 hasta
intersectar el cordón vereda de norte de la Avda. del Turista (j)
luego bordeando el espacio verde comprendido entre la Avda. del
Turista, al acceso al Hotel Portezuelo y la Ruta Nacional 34 (k) y
(l) de allí por el límite sur de la Ruta Nacional 34 hasta
intersectar el límite este de la parcela 8 - Matrícula 88752 -
sección ``o'' del Radio Club punto II según plano 7079.
- Al Sur:
- una poligonal definida por el plano 6625 que va desde el
mojón de hormigón Tiro Federal (b) hasta intersectar la línea de
eucaliptus que va paralela a la calle este del Cementerio, (hay un
alambre que separa con los terrenos del Tiro Federal).
Artículo 2 .- No será permitido el tránsito peatonal en el mencionado
predio, en las proximidades del Tiro Federal.
Artículo 3 .- Habilítase la partida presupuestaria correspondiente
para dar cumplimiento con lo estipulado en la presente Ordenanza.
Artículo 4 .- Comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal.
Dada en sala de sesiones del Concejo Deliberante de la Ciudad
de Salta - Sanción 473
Bruno - Alvarez
Departamento Ejecutivo. 20 de Setiembre de 1989
Promúlguese, téngase por Ordenanza 5625 - comuníquese,
regístrese, insértese en el Boletín Municipal y archívese.
Saavedra - López Díaz - Guzmán - Alderete
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Secretaría de Medio Ambiente