Ref. Expte. 251/84.
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNION, HA ACORDADO Y
ORDENA:
Artículo 1 .- Procédase, a través de la Secretaría de Obras Públicas y previo estudio técnico, a un conveniente ensanchamiento de las alcantarillas ubicadas en la interacción de calles Delgadillo y Tarija, de Villa Floresta.
Artículo 2 .- Constrúyase, a través de la dependencia indicada, en la esquina antes mencionada, un refugio para usuarios del servicio urbano de transporte.
Artículo 3 .- Dispónese la habilitación y apertura de un terreno municipal en calle Fábrega al 1600, a los fines de la construcción de una plazoleta pública.
Artículo 4 .- Habilítase el crédito presupuestario que recurra para el cumplimiento de los ordenado precedentemente.
Artículo 5 .- Comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal.
Dada en sala de sesiones del Concejo Deliberante de la Ciudad de Salta, a los veintisiete días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y cuatro.
Soto - Piccardo
Promúlguese, téngase por Ordenanza, comuníquese, regístrese bajo el número 4102 insértese en el Boletín Municipal y Archívese.