Que el día 11 de Marzo del año en curso, se conmemora un nuevo aniversario de la desaparición del ex - gobernador de Salta, Dr. Miguel Ragone; y,
Que es imperativo del Gobierno Municipal rendir un póstumo y justiciero homenaje a la memoria de aquellos hombres, que a través de su paso por el Gobierno supieron dignificar las funciones que desempeñaron, jalonando su acción con hechos de significativa trascendencia, que hasta el presente constituyen fundamento básico de la organización y progreso de nuestra comunidad;
Que dentro de un cuadro valorativo de tales virtudes, corresponde incluir la proficua y eficiente labor que le cupo al Dr. Miguel Ragone a través del ejercicio de su gobierno.
Que es un deber de esta Municipalidad rendir su homenaje y materializar el mismo en forma perdurable, imponiendo su nombre a un paseo público de la ciudad;
Que el Departamento Ejecutivo Municipal se encuentra facultado a sancionar y promulgar Ordenanzas ad - referendum dee los Concejos Deliberantes;
Por las facultades que le son propias y las del Art. 30 Inciso 32 de la Ley 1.349,
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SALTA
DECRETA:
Artículo 1 .- Sanciónase ad - referendum del Honorable Concejo Deliberante la presente Ordenanza.
Artículo 2 .- Designar con el nombre de Plazoleta Dr. Miguel Ragone, al predio ubicado en platabanda de Avda. E. Rios y V. Toledo.
Artículo 3 .- Disponer la colocación en dicho predio de un busto en homenaje al Dr. Miguel Ragone.
Artículo 4 .- La presente Ordenanza será refrendada por los señores Secretarios de Gobierno, Economía y Hacienda y Obras Públicas.
Artículo 5 .- Comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal.
Promúlguese, téngase por Ordenanza, comuníquese, regístrese bajo el número 4079 insértese en el Boletín Municipal y Archívese.
Sangari
Sily - Ferrary - Dib Ashur