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Normas varias

Normas de almacenamiento:
los almacenamientos no excederán de 100 kgs. de productos en garrafas a si mismos, no podrá excederse de 15 garrafas vacías (en uso). El almacenamiento se hará en lugar prefijado, alejado de toda fuente de calor directo o indirecto o del alcance del público. Las garrafas deberán depositarse únicamente en posición vertical.

Prohibiciones - Consejos:
Está prohibido en el local de ventas efectuar trasvase de garrafas a otros envases menores o mayores, o de cilindros a garrafas. Todas las garrafas llenas existentes en el local sin excepción, deberán disponer de válvulas, tapón, precinto, emblema y pintura típicas, aprobadas por el Gas del Estado. Las garrafas que acusen pérdidas en válvulas o costuras, deberán ser devueltas al depósito o a la planta.


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Secretaría de Medio Ambiente