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Decreto Nacional 1094, Cuenca Hídrica Matanza Riachuelo.

Buenos Aires - 26/09/1996 - Boletín Oficial - 03/10/1996

DESCRIPTORES:

COMITE EJECUTIVO PARA EL SANEAMIENTO DE LA CUENCA HIDRICA MATANZA RIACHUELO- -LIQUIDACION-SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE HUMANO

VISTO

los Decretos N. 1093 del 24 de mayo de 1993, y N. 482 del 20 de setiembre de 1995, y

CONSIDERANDO

Que por el Decreto N. 482/95 el PODER EJECUTIVO NACIONAL creó en el ámbito de la SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE HUMANO de la PRESIDENCIA DE LA NACION el COMITE EJECUTOR DEL PLAN DE GESTION AMBIENTAL Y DE MANEJO DE LA CUENCA HIDRICA MATANZA-RIACHUELO.

Que dicho COMITE EJECUTOR tiene por objetivo llevar a cabo el PLAN DE GESTION AMBIENTAL Y DE MANEJO DE LA CUENCA HIDRICA MATANZA-RIACHUELO.

Que el referido COMITE EJECUTOR debe contar con la estructura necesaria para cumplir con su cometido.

Que por el precitado Decreto N. 482/95 fue dejado sin efecto el Decreto N. 1093/93.

Que consecuentemente corresponde suprimir el organismo creado por dicha norma, COMITE EJECUTIVO PARA EL SANEAMIENTO DE LA CUENCA HIDRICA MATANZA/RIACHUELO, disponiéndose lo pertinente para su liquidación.

Que han tomado la intervención que les compete la SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE HUMANO de la PRESIDENCIA DE LA NACION y la SECRETARIA DE HACIENDA y la SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del Artículo 99, inciso 1) de la CONSTITUCION NACIONAL y artículo 53 de la Ley de Contabilidad.

Por ello,

Art. 1: Declárase en estado de liquidación el COMITE EJECUTIVO PARA EL SANEAMIENTO DE LA CUENCA HIDRICA MATANZA/RIACHUELO creado por Decreto N. 1093 del 24 de mayo de 1993, y apruébase el Acta del citado COMITE EJECUTIVO de fecha 12 de octubre de 1995, que en copia autenticada forma parte como Anexo al presente decreto.

Art. 2: Reasígnanse las partidas presupuestarias correspondientes a la SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS relativas al PROGRAMA 46 - INCISO 4 - PRINCIPAL 2 - PARCIAL 2 - PROYECTO 4 ``SANEAMIENTO DE LA CUENCA DEL RIO MATANZA - RIACHUELO'' en favor de la SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE HUMANO de la PRESIDENCIA DE LA NACION, JURISDICCION 2003 - SERVICIO 317 - PROGRAMA 17 - PROYECTO 01 ``COMITE EJECUTOR DEL PLAN DE GESTION AMBIENTAL Y DE MANEJO DE LA CUENCA HIDRICA MATANZA-RIACHUELO'', de acuerdo a las planillas anexas que forman parte del presente decreto.

Art. 3: EL COMITE EJECUTOR DEL PLAN DE GESTION AMBIENTAL Y DE MANEJO DE LA CUENCA HIDRICA MATANZA-RIACHUELO creado por el Artículo 1 del Decreto N. 482 del 20 de setiembre de 1995, además de las establecidas en el Artículo 3 del decreto citado, tendrá las siguientes atribuciones:

a) Coordinar las acciones interjurisdiccionales de los distintos organismos competentes de la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal involucrados en el proceso de saneamiento de la cuenca hídrica Matanza-Riachuelo;

b) Dictar su reglamento interno de funcionamiento, determinar los aportes en recursos humanos e infraestructura administrativa que deberá llevar a cabo cada una de las jurisdicciones territoriales representadas en el COMITE EJECUTOR, procediendo, en su caso a su respectiva contratación;

c) Realizar las tareas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 1 de este decreto, inclusive aquellas tendientes a la conclusión de los actos administrativos en trámite, y

d) Llevar a cabo cualquier tipo de acto jurídico o procedimiento necesario o conveniente para ejecutar el PLAN DE GESTION AMBIENTAL Y DE MANEJO DE LA CUENCA HIDRICA MATANZA-RIACHUELO, en particular implementando las acciones necesarias a fin de adecuar al mismo las obligaciones contractuales de AGUAS ARGENTINAS S. A. referidas a la expansión de redes y plantas en el área de la cuenca Matanza-Riachuelo.

Art. 4: Encomiéndase al COMITE EJECUTOR creado por el Artículo 1 del Decreto N. 482 del 20 de setiembre de 1995 que se encargue de la gestión y administración, con carácter de Unidad Ejecutora Central, de los fondos tanto nacionales como internacionales necesarios para llevar a cabo el PLAN DE GESTION AMBIENTAL Y DE MANEJO DE LA CUENCA HIDRICA MATANZA-RIACHUELO.

Art. 5: Transfiérese el uso, a título gratuito, al COMITÉ EJECUTOR, con destino a la sede de sus oficinas, de los inmuebles identificados como Unidades funcionales números Dos de Planta Baja, Tres del Primer Piso y Cuatro del Segundo Piso y Unidades complementarias de Planta Stano números II, III, IV y V del edificio sito en la calle San Martín números 318, 320, 322 y 326 de CAPITAL FEDERAL (Matrículas F. R. 14-1575/2 (compl. II, III, IV y V), F. R. 14-1575/3 y F. R. 14-1575/4) así como del mobiliario que los adornan.

Art. 6: Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese.


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