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Decreto Nacional 482, Cuenca Hídrica Matanza Riachuelo

BUENOS AIRES - 20/09/1995 - BOLETIN OFICIAL - 27/09/1995

VISTO

el Decreto N. 1093/93 del 24 de mayo de 1993, y

CONSIDERANDO

Que por dicha norma el PODER EJECUTIVO NACIONAL creó el COMITE EJECUTIVO PARA EL SANEAMIENTO DE LA CUENCA HIDRICA MATANZA- RIACHUELO, definiendo sus funciones y responsabilidades primarias.

Que en el mes de marzo próximo pasado el citado Comité Ejecutivo aprobó el Plan de Gestión Ambiental y de Manejo de la Cuenca Hídrica Matanza-Riachuelo, cumplimentando de tal forma, los objetivos fijados por el mencionado Decreto N. 1093/93.

Que resulta entonces apropiado ajustar el mecanismo institucional encargado de las tareas operativas que hacen a la realización de los trabajos que dicho Plan enumera como necesarios y concurrentes para alcanzar los objetivos oportunamente fijados por el Gobierno Nacional.

Que en este nuevo organismo deben estar representadas las jurisdicciones territoriales directamente involucradas en el área de la Cuenca Hídrica Matanza-Riachuelo.

Que la Constitución Nacional sancionada en 1994, en su artículo 41 consagra el ``derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras'', y determina la obligación de las autoridades de velar por la protección de este derecho, fijando asimismo el respeto recíproco en la interacción de las distintas jurisdicciones a fin de cumplir con tal objetivo.

Que en virtud de lo expuesto, resulta conveniente que la máxima autoridad ambiental en el orden nacional sea quien coordine el organismo que por el presente se crea.

Que tanto el Señor Gobernador de la Provincia de Buenos Aires como el señor Intendente de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires han propuesto a sus respectivos representantes en el esquema institucional a crearse.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99 inciso 1) de la Constitución Nacional.

Por ello,

Art. 1: Créase en el ámbito de la SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE HUMANO de la PRESIDENCIA DE LA NACION el COMITE EJECUTOR DEL PLAN DE GESTION AMBIENTAL Y DE MANEJO DE LA CUENCA HIDRICA MATANZA-RIACHUELO.

Art. 2 : El Comité Ejecutor, creado por el artículo 1, estará integrado por la señora SECRETARIA de RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE HUMANO de la PRESIDENCIA DE LA NACION Ingeniera Dña. María Julia ALSOGARAY; por el señor representante del Gobierno de la provincia de Buenos Aires Escribano D. Hugo David TOLEDO, Ministro de Obras y Servicios Públicos de dicha Gobernación; y por el señor representante de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires Ingeniero Francisco STEPANIK, Secretario de Producción y Servicios de la mencionada Municipalidad.

Art. 3: Establécese que el Comité Ejecutor creado por el artículo 1 del presente llevar a cabo el Plan de Gestión Ambiental y de Manejo de la Cuenca Hídrica Matanza-Riachuelo y la puesta en marcha de los esquemas institucionales propuestos en el mismo.

Art. 4: Determínase que la Señora Secretaria de Recursos Naturales y Ambiente Humano, Ingeniera María Julia ALSOGARAY tendrá a su cargo la coordinación del COMITE EJECUTOR, creado por el artículo 1 del presente decreto.

Art. 5: Déjase sin efecto el Decreto N. 1093 del 24 de mayo de 1993.

Art. 6: Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.


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Secretaría de Medio Ambiente