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Pesca de Alta Mar

Los derechos y necesidades especiales de los Estados y comunidades pesqueras respecto de los stocks migratorios y especies altamente migratorias protegidas por la Convención de las Naciones Unidas sobre la Ley del Mar (UNCLOS) deberán ser reconocidos y la pesca de alta mar debe ser objeto de un régimen legalmente consolidado, considerando sus efectos tanto sobre los ecosistemas de alta mar cuanto de las aguas costeras adyacentes. Los criterios ambientales negociados para la pesca en alta mar deberán ser aplicados también a la pesca de stocks migratorios y especies altamente migratorias en zonas económicas exclusivas.


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Secretaría de Medio Ambiente