Salta, 30 de abril 1996
Visto:
lo dispuesto por la Ordenanza 7421:
Considerando:
Que conforme a lo previsto en el artículo 5, constituída la Comisión Honoraria de Preservación del Patrimonio Cultural Arquitectónico de la Ciudad de Salta, esta debe proceder a dictar su reglamento de funcionamiento, el que debe ser aprobado por decreto del Departamento Ejecutivo Municipal;
Que la Comisión Honoraria ha elaborado su reglamento de funcionamiento, el que ha sido aprobado por unanimidad de sus miembros;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SALTA
DECRETA:
Artículo 1 .- Aprobar el reglamento de Funcionamiento de la Comisión Honoraria de Preservación del Patrimonio Cultural Arquitectónico de la Ciudad de Salta, creada por Ordenanza 4286/85 y 7421/96, el que como Anexo I forma parte del presente decreto.
Artículo 2 .- El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno y firmado por la Señora Coordinadora General de Intendencia.
Artículo 3 .- Comunicar, publicar en el Boletín Municipal y archivar.