Salta, 09 abril de 1.996
Ministerio de Salud Pública
El Ministro de Salud Pública
Resuelve:
Artículo 1 .- La Municipalidad de la Ciudad de Salta tendrá a su cargo las tareas de vacunación, profilaxis y educación sanitaria.
El programa de Enfermedades Tropicales y Zoonosis de la Dirección General de Programas de Salud efectuará la provisión de vacunas antirrábica canina y el material descartable.
Artículo 2 .- A partir del 1 de mayo de 1.996, el Servicio Laboratorio del Hospital ``San Bernardo'' hará las determinaciones de inmunofluorescencia para diagnóstico de rabia, dejando establecido que hasta el 30 de abril del año en curso dichas determinaciones se realizarán en el citado Servicio, con recurso humano especializado de la referida Municipalidad.