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38.24.- El PNUD, como el PNUMA, también debe desempeñar una
función decisiva en el seguimiento de las actividades a que
de lugar la Conferencia. Mediante su red de oficinas exteriores,
promovería la acción colectiva del sistema de las Naciones
Unidas en apoyo de la ejecución de la Agenda 21 en los planos
nacional, regional, interregional y mundial, para lo cual aprovecharía
los conocimientos de los organismos especializados y de otras
organizaciones y órganos de las Naciones Unidas dedicados a
actividades operacionales. Es preciso fortalecer el papel del
representante residente/coordinador residente del PNUD para coordinar
las actividades operacionales sobre el terreno de las Naciones
Unidas.
38.25.- La función del PNUD debería incluir lo siguiente:
- Ser el organismo principal en lo tocante a la organización
de las actividades del sistema de las Naciones Unidas encaminadas
a mejorar la capacidad en los planos local, nacional y regional.
- Movilizar, en nombre de los gobiernos, los recursos de donantes
para el aumento de la capacidad de los países receptores y,
cuando proceda, mediante las mesas redondas de donantes que organiza
el PNUD.
- Fortalecer sus propios programas en apoyo del proceso de
seguimiento de las actividades a que de lugar la Conferencia
sin perjuicio del quinto ciclo de programación.
- Ayudar a los países receptores, a su solicitud, a establecer
o fortalecer mecanismos y redes nacionales de coordinación
del proceso de seguimiento de las actividades a que de lugar
la Conferencia.
- Ayudar a los países receptores, a su solicitud, a coordinar
la movilización de recursos financieros internos.
- Promover y fortalecer el papel y la participación de las
mujeres, los jóvenes y otros grupos importantes de los países
receptores en la ejecución de la Agenda 21.
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Secretaría de Medio Ambiente