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38.21.- En el proceso de seguimiento de las actividades a que
de lugar la Conferencia será necesario que el PNUMA y su Consejo
de Administración amplíen y fortalezcan sus funciones. El
Consejo de Administración, de conformidad con su mandato, debería
seguir desempeñando la función que le corresponde respecto
de la orientación normativa y la coordinación en la esfera
del medio ambiente, teniendo en cuenta la perspectiva del desarrollo.
38.22.- Las esferas prioritarias en que el PNUMA debería concentrarse
incluyen las siguientes:
- Fortalecimiento de su función catalítica para el fomento
y la promoción, en todo el sistema de las Naciones Unidas,
de actividades y estudios en la esfera del medio ambiente.
- Promoción de la cooperación internacional en la esfera
del medio ambiente y recomendación, según proceda, de políticas
con ese fin.
- Desarrollo de técnicas tales como la contabilidad de los
recursos naturales y de disciplina tales como la económica
ambiental, y fomento de su utilización.
- Vigilancia y evaluación del medio ambiente, tanto mediante
una mayor participación de los organismos del sistema de las
Naciones Unidas en el programa de Vigilancia Mundial como mediante
la ampliación de relaciones con institutos de investigación
privados, científicos y no gubernamentales; fortalecimiento
y puesta en funcionamiento de su sistema de alerta temprano.
- Coordinación y fomento de las investigaciones científicas
pertinentes a fin de establecer una base consolidada para la
adopción de decisiones.
- Difusión de información y datos sobre el medio ambiente
a los gobiernos y a los órganos, programas y organizaciones
del sistema de las Naciones Unidas.
- Logro de una mayor sensibilización y acción general en
la esfera de la protección ambiental mediante la cooperación
con el público en general, las entidades no gubernamentales
y las instituciones intergubernamentales.
- Mayor desarrollo del derecho internacional del medio ambiente,
en particular de convenciones y directrices, promoción de su
aplicación y desempeño de las funciones de coordinación
derivadas del numero cada vez mayor de instrumentos jurídicos
internacionales, lo que comprende el funcionamiento de las Secretarías
de las convenciones, habida cuenta de la necesidad del uso más
eficiente posible de los recursos, incluida la posibilidad de
agrupar en el mismo lugar las Secretarías que se establezcan
en el futuro.
- Mayor desarrollo y promoción del uso más amplio posible
de las evaluaciones del impacto ambiental, incluidas actividades
con los auspicios de los organismos especializados del sistema
de las Naciones Unidas, y en relación con todo proyecto o actividad
importante de desarrollo económico.
- Facilitación del intercambio de información sobre tecnologías
ecológicamente racionales, incluidos los aspectos jurídicos,
y suministro de capacitación.
- Promoción de la cooperación subregional y regional y
la prestación de apoyo relativas a las medidas y los programas
pertinentes de protección del medio ambiente, mediante, entre
otras cosas, la aportación de una contribución sustancial
a los mecanismos regionales que se designen en la esfera del
medio ambiente para el seguimiento de las actividades a que de
lugar la Conferencia y el desempeño de una función importante
de coordinación en dichos mecanismos.
- Suministro de asesoramiento técnico, jurídico e nstitucional
a los gobiernos, a su solicitud, para el establecimiento y el
fortalecimiento de sus marcos jurídicos e institucionales
nacionales, en particular conjuntamente con las actividades del
PNUD encaminadas a aumentar la capacidad.
- Prestación de apoyo a los gobiernos, a su solicitud, y
a los organismos y órganos de desarrollo para la incorporación
de los aspectos ambientales en sus políticas y programas de
desarrollo, en particular mediante el suministro de asesoramiento
sobre cuestiones ambientales, técnicas y de política durante
la formulación y la ejecución de programas.
- Aumento de las actividades de evaluación y de la asistencia
en situaciones de emergencia relativas al medio ambiente.
38.23.- Para que pueda desempeñar todas estas funciones y mantener
al mismo tiempo su función como principal órgano del sistema
de las Naciones Unidas en la esfera del medio ambiente, y teniendo
en cuenta los aspectos de desarrollo de las cuestiones ambientales,
el PNUMA debería tener acceso a más conocimientos especializados
y disponer de recursos financieros suficientes, y debería
mantener una colaboración y una cooperación más estrechas
con los órganos dedicados a actividades de desarrollo y con
otros órganos pertinentes del sistema de las Naciones Unidas.
Además, habría que reforzar las oficinas regionales del
PNUMA sin que se debilitara la sede de Nairobi y el PNUMA también
debería tomar medidas para fortalecer su enlace e intensificar
su interacción con el PNUD y el Banco Mundial.
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Secretaría de Medio Ambiente