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Actividades

  1. Establecimiento de redes de información internacionales que vinculen los sistemas nacionales, subrepciones, regionales e internacionales

    34.15.- Deberían desarrollarse y vincularse los sistemas de información nacionales, subrepciones, regionales e internacionales existentes mediante centros de intercambio de información regionales que abarcaran amplios sectores de la economía, tales como la agricultura, la industria y la energía. La red podría incluir, entre otras, oficinas de patentes nacionales, subrepciones y regionales que cuenten con lo necesario para redactar informes sobre la tecnología más moderna. Las redes de centros de intercambio de información divulgarían información sobre las tecnologías existentes, sus fuentes, los riesgos que entrañan para el medio ambiente y las condiciones generales de su adquisición. Funcionarían sobre la base de la demanda de información y se centrarían en las necesidades de información de los usuarios finales. Tendrían en cuenta las funciones positivas que podrían desempeñar las organizaciones internacionales, regionales y subrepciones, los círculos empresariales, las asociaciones comerciales, las organizaciones no gubernamentales, los gobiernos y las redes nacionales recién creadas o fortalecidas y los aportes que aquellas entidades podrían hacer.

    34.16.- Los centros de intercambio de información internacionales y regionales, de ser necesario, tomarían la iniciativa de ayudar a los usuarios a determinar sus necesidades y difundir información que satisficiera esas necesidades, utilizando los sistemas de transmisión de noticias, información pública y comunicaciones existentes. En la información que se divulgara se pondrían de relieve y se expondrían en detalle casos concretos en que se hubieran desarrollado y aplicado con éxito tecnologías ecológicamente racionales. Para ser eficaces, los centros de intercambio de información no solo deberían facilitar información, sino también remitir a otros servicios, con inclusión de fuentes donde conseguir asesoramiento, capacitación, tecnologías y evaluación de tecnologías. De ese modo, los centros de intercambio de información facilitarían el establecimiento de empresas mixtas y asociaciones de diversos tipos.

    34.17.- Los órganos competentes de las Naciones Unidas deberían levantar un inventario de los centros o sistemas de intercambio de información internacionales o regionales existentes. La estructura existente debería fortalecerse y perfeccionarse en los casos en que fuera necesario. Se deberían elaborar nuevos sistemas de información, de ser necesario, a fin de llenar las lagunas que se descubriesen en esa red internacional.

  2. Apoyo y fomento del acceso a la transferencia de tecnología

    34.18.- Los gobiernos y las organizaciones internacionales deberían fomentar, y alentar al sector privado a hacer lo propio, modalidades efectivas para el acceso a tecnologías ecológicamente racionales y su transferencia, en particular a los países en desarrollo, mediante, entre otras, las siguientes actividades:

    1. Formulación de políticas y programas para la transferencia eficaz de tecnologías ecológicamente racionales de propiedad pública o de dominio público.

    2. Creación de condiciones favorables para alentar al sector privado y al sector público a que innoven, comercialicen y utilicen tecnologías ecológicamente racionales.

    3. Examen por los gobiernos y, cuando proceda, por las organizaciones competentes de las políticas existentes, incluidos subsidios y políticas fiscales, y las reglamentaciones para determinar si fomentan u obstaculizan el acceso a tecnologías ecológicamente racionales, su transferencia y su introducción.

    4. Examinar, en un marco que integre en su totalidad el medio ambiente y el desarrollo, los obstáculos a la transferencia de tecnologías ecológicamente racionales de propiedad privada y adoptar medidas generales apropiadas para reducir los obstáculos, creando al mismo tiempo incentivos concretos, fiscales o de otra índole, para la transferencia de dichas tecnologías.

    5. En el caso de las tecnologías de propiedad privada, se podrían tomar las siguientes medidas, especialmente en beneficio de los países en desarrollo:

      1. Creación y perfeccionamiento por los países desarrollados, así como por otros países que pudieran estar en condición de hacerlo, de incentivos apropiados, fiscales o de otra índole, para estimular la transferencia de tecnologías ecológicamente racionales por las empresas, en particular a los países en desarrollo, como elemento integrante del desarrollo sostenible.

      2. Facilitación del acceso a las tecnologías ecológicamente racionales protegidas por patentes y su transferencia, en particular a los países en desarrollo;

      3. Compra de patentes y licencias en condiciones comerciales para su transferencia a los países en desarrollo en condiciones no comerciales como parte de la cooperación para el desarrollo sostenible, teniendo en cuenta la necesidad de proteger los derechos de propiedad intelectual.

      4. En cumplimiento de las convenciones internacionales pertinentes a que se hayan adherido los Estados, y con arreglo a las circunstancias específicas reconocidas por ellas, tomar medidas para impedir el abuso de los derechos de propiedad intelectual, incluidas las normas relativas a su adquisición mediante un régimen vinculante de concepción de licencias, con sujeción al pago de una indemnización equitativa y suficiente.

      5. Suministro de recursos financieros para adquirir tecnologías ecológicamente racionales a fin de que los países en desarrollo en particular puedan aplicar medidas para promover el desarrollo sostenible que, en caso contrario, les impondrían una carga especial o desmesurada.

    6. Elaborar mecanismos para el acceso, en particular, de los países en desarrollo, a tecnologías ecológicamente racionales, y para su transferencia a esos países, teniendo en cuenta al mismo tiempo la evolución del proceso de negociación de un código internacional de conducta para la transferencia de tecnología, como decidió la UNCTAD en su octavo período de sesiones celebrado en Cartagena de Indias (Colombia), en febrero de 1992.

  3. Mejoramiento de la capacidad de desarrollo y gestión de tecnologías ecológicamente racionales

    34.19.- Se deberían establecer o fortalecer marcos en los planos subregional, regional e internacional para el desarrollo, la transferencia y la aplicación de tecnologías ecológicamente racionales y de los conocimientos técnicos especializados correspondientes, con especial atención a las necesidades de los países en desarrollo, incorporando dichas funciones en órganos ya existentes. Dichos marcos facilitarían iniciativas de los países desarrollados y los países en desarrollo para estimular la investigación, el desarrollo y la transferencia de tecnologías ecológicamente racionales, en gran parte mediante mancomunación de esfuerzos dentro de los países y entre ellos, así como entre la comunidad científica y tecnológica, la industria y los gobiernos.

    34.20.- Se debería fomentar la capacidad nacional de evaluación, desarrollo, gestión y aplicación de nuevas tecnologías. Esto obligará a fortalecer las instituciones existentes, capacitar al personal en todos los niveles y educar a los usuarios finales de la tecnología.

  4. Establecimiento de una red de colaboración de centros de investigación

    34.21.- Debería establecerse una red de colaboración de centros de investigación nacionales, subrepciones, regionales e internacionales en la esfera de la tecnología ecológicamente racional para mejorar el acceso a las tecnologías ecológicamente racionales y su desarrollo, gestión y transferencia, incluidas la transferencia y la cooperación entre países en desarrollo y entre países desarrollados y países en desarrollo, principalmente sobre la base de los centros subrepciones o regionales de investigación, desarrollo y demostración ya existentes que están vinculados a las instituciones nacionales, en estrecha cooperación con el sector privado.

  5. Apoyo a los programas de cooperación y asistencia

    34.22.- Se debería prestar apoyo a los programas de cooperación y asistencia, incluidos los que ofrecen los organismos de las Naciones Unidas, las organizaciones internacionales y otras organizaciones públicas y privadas competentes, en particular a los países en desarrollo, en las esferas de la investigación y el desarrollo y la creación de capacidad tecnológica y de recursos humanos en las esferas de la capacitación, el mantenimiento, la evaluación de las necesidades tecnológicas nacionales, las evaluaciones del impacto ambiental y la planificación del desarrollo sostenible.

    34.23.- También se debería prestar apoyo a los programas nacionales, subrepciones, regionales, multilaterales y bilaterales de investigación científica, difusión de información y desarrollo de la tecnología entre los países en desarrollo, incluso mediante la participación de empresas e instituciones de investigación públicas y privadas, así como la financiación de programas de cooperación técnica entre países en desarrollo en esta esfera. Ello debería llevar aparejada la creación de vínculos entre esos elementos para asegurar una máxima eficacia en lo referente al conocimiento, la divulgación y la aplicación de tecnologías para el desarrollo sostenible.

    34.24.- La formulación de programas mundiales, subrepciones y regionales debería incluir la determinación y evaluación de las prioridades regionales, subrepciones y nacionales basadas en las necesidades. Los planes y estudios para fundamentar estos programas deberían servir de base para una posible financiación por parte de los bancos multilaterales de desarrollo, las organizaciones bilaterales, las entidades del sector privado y las organizaciones no gubernamentales.

    34.25.- Se deberían patrocinar visitas de expertos idóneos de países en desarrollo en la esfera de las tecnologías ecológicamente racionales que actualmente ésten trabajando en instituciones de países desarrollados, y facilitar el regreso voluntario de dichos expertos a sus países.

  6. Evaluación tecnológica en apoyo a la gestión de tecnologías ecológicamente racionales

    34.26.- La comunidad internacional, en particular los organismos de las Naciones Unidas, las organizaciones internacionales y otras organizaciones competentes, así como organizaciones privadas, deberían cooperar en el intercambio de experiencias y en el fomento de la capacidad para la evaluación de necesidades tecnológicas, sobre todo en los países en desarrollo, a fin de que estos puedan hacer elecciones basadas en tecnologías ecológicamente racionales. Para tal fin deberían:

    1. Crear una capacidad de evaluación tecnológica para la gestión de tecnologías ecológicamente racionales, incluida la evaluación de los efectos sobre el medio ambiente y los riesgos que entrañan para este, teniendo debidamente en cuenta las salvaguardias adecuadas en materia de transferencia de tecnologías sujetas a prohibiciones por razones ecológicas o sanitarias.

    2. Fortalecer la red internacional de centros regionales, subrepciones o nacionales de evaluación de la tecnología ecológicamente racional, junto con centros de intercambio de información, con objeto de aprovechar las fuentes de evaluación tecnológica antes mencionadas en beneficio de todas las naciones. Estos centros, en principio, podrían brindar asesoramiento e impartir capacitación en situaciones nacionales definidas y fomentar la creación de capacidad nacional en materia de evaluación de la tecnología ecológicamente racional. Debería estudiarse, según procediera, la posibilidad de encomendar esa actividad a las organizaciones regionales ya existentes antes de crear instituciones totalmente nuevas, y también debería estudiarse, según procediera, la financiación de esta actividad mediante asociaciones entre el sector público y el privado.

  7. Mecanismos y asociaciones de colaboración

    34.27.- Se deberían promover acuerdos de colaboración a largo plazo entre empresas de países desarrollados y de países en desarrollo con objeto de desarrollar tecnologías ecológicamente racionales. Las empresas transnacionales, como depositarias de conocimientos técnicos poco difundidos necesarios para la protección y el mejoramiento del medio ambiente, tienen una función y un interés especiales en la promoción de la cooperación en materia de transferencia de tecnología, ya que constituyen importantes cauces para dicha transferencia, y para crear una reserva de recursos humanos capacitados y fortalecer la infraestructura necesaria.

    34.28.- Se deberían promover empresas mixtas de proveedores y beneficiarios de tecnologías, teniendo en cuenta las prioridades de política y los objetivos de los países en desarrollo. Junto con la inversión extranjera directa, esas empresas mixtas podrían constituir importantes cauces para la transferencia de tecnologías ecológicamente racionales. Mediante dichas empresas mixtas e inversiones directas, seria posible transferir y mantener prácticas racionales de ordenación del medio ambiente.


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