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34.14.- Se proponen los siguientes objetivos:
- Velar por el acceso, en particular de los países en desarrollo,
a la información científica y tecnológica, incluida la
información sobre las tecnologías más modernas.
- Promover, facilitar y financiar, según proceda, el acceso
a las tecnologías ecológicamente racionales y su transferencia,
así como los conocimientos técnicos especializados correspondientes,
en particular a los países en desarrollo, en condiciones favorables,
inclusive en condiciones de favor y preferenciales según arreglos
mutuamente convenidos, teniendo en cuenta la necesidad de proteger
los derechos de propiedad intelectual, así como las necesidades
especiales de los países en desarrollo en lo relativo a la
ejecución de la Agenda 21;
- Facilitar el mantenimiento y la promoción de tecnologías
autóctonas ecológicamente racionales que puedan haber sido
pasadas por alto o desplazadas, en especial en los países
en desarrollo, prestando especial atención a las necesidades
prioritarias de esos países y teniendo en cuenta las funciones
complementarias del hombre y la mujer.
- Prestar apoyo al fomento de la capacidad endógena, en particular
en los países en desarrollo, de modo que estos puedan evaluar,
adoptar, gestionar y aplicar tecnologías ecológicamente
racionales. Esto podría conseguirse, entre otras cosas, mediante:
- El desarrollo de los recursos humanos.
- El fortalecimiento de la capacidad institucional de investigación
y desarrollo y de ejecución de programas.
- La realización de evaluaciones sectoriales integradas
de las necesidades tecnológicas, de conformidad con los planes,
los objetivos y las prioridades de los países, según se
preve en la ejecución de la Agenda 21 en el plano nacional.
- Fomentar asociaciones tecnológicas de larga duración
entre los propietarios de tecnologías ecológicamente racionales
y los posibles usuarios.
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