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26.3.- Al prestar su plena cooperación a las poblaciones indígenas
y a sus comunidades, los gobiernos y, según procediera, las
organizaciones intergubernamentales deberían proponerse el
cumplimiento de los objetivos siguientes:
- Instituir un proceso encaminado a investir de autoridad a
las poblaciones indígenas y a sus comunidades, mediante la
adopción de medidas que incluyan:
- La adopción o ratificación de las políticas o instrumentos jurídicos apropiados a nivel nacional;
- El reconocimiento de que las tierras de las poblaciones
indígenas y sus comunidades deben estar protegidas contra
actividades que presenten riesgos para el medio ambiente o que
la población indígena de que se trate considere improcedentes
desde los puntos de vista social y cultural;
- El reconocimiento de sus valores, sus conocimientos tradicionales
y sus prácticas de ordenación de los recursos, con miras
a promover un desarrollo ecológicamente racional y sostenible;
- El reconocimiento de que la dependencia tradicional y directa
de los recursos renovables y los ecosistemas, incluido el aprovechamiento
sostenible, sigue siendo esencial para el bienestar cultural,
económico y físico de las poblaciones indígenas y de sus
comunidades;
- La elaboración y consolidación de los acuerdos nacionales
sobre solución de controversias en lo que respecta al arreglo
de problemas relacionados con la ordenación de tierras y la
gestión de los recursos;
- La promoción de otros medios de producción ecológicamente
racionales para asegurar diversas opciones respecto de como mejorar
la calidad de su vida, de manera que puedan participar efectivamente
en el desarrollo sostenible;
- La atención al aumento de la capacidad en favor de las
comunidades indígenas, sobre la base de la adaptación y
el intercambio de experiencias, conocimientos y prácticas de
ordenación de los recursos tradicionales, para asegurar el
desarrollo sostenible de esas comunidades;
- Establecer, cuando proceda, acuerdos para intensificar la
participación activa de las poblaciones indígenas y sus
comunidades en la formulación de políticas, leyes y programas
relacionados con la ordenación de los recursos en el plano
nacional y otros procesos que pudieran afectarles, así como
para propiciar que formulen propuestas en favor de políticas
y programas de esa índole;
- Participación de las poblaciones indígenas y sus comunidades,
a los niveles nacional y local, en las estrategias de ordenación
y conservación de los recursos y en otros programas pertinentes
establecidos para apoyar y examinar estrategias de desarrollo
sostenible, como las que se sugieren en otras áreas de programas
de la Agenda 21.
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