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17.5.- Los Estados ribereños se comprometen a proceder a una
ordenación integrada y a un desarrollo sostenible de las zonas
costeras y del medio marino sujetos a su jurisdicción nacional.
Para tal fin es necesario, entre otras cosas:
- Crear un proceso integrado de formulación de políticas
y adopción de decisiones, en que participen todos los sectores
interesados, para fomentar la compatibilidad y el equilibrio
entre los distintos usos.
- Determinar los usos actuales y proyectados de las zonas costeras
y sus interacciones.
- Concentrarse en problemas bien definidos relacionados con
la ordenación de las zonas costeras.
- Adoptar enfoques preventivos y precautorios en la planificación
y la ejecución de proyectos, de forma que incluyan la evaluación
previa y la observación sistemática de los efectos ambientales
de los grandes proyectos.
- Promover el desarrollo y la aplicación de métodos, tales
como la contabilidad de los recursos y la contabilidad ambiental
en el plano nacional, que reflejen los cambios de valor resultantes
de los distintos usos de las zonas costeras y las zonas marinas,
teniendo en cuenta la contaminación, la erosión marina, la
perdida de recursos y la destrucción de los hábitat.
- Dar a las personas, los grupos y las organizaciones interesados,
en la medida de lo posible, acceso a la información pertinente
y oportunidades de que sean consultados y participen en la planificación
y en la adopción de decisiones en los planos apropiados.
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Secretaría de Medio Ambiente