Ref. Expte. 135 - 1732/98
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNION, HA ACORDADO Y
ORDENA:
Artículo 1 .- El Departamento Ejecutivo Municipal, a través de los Organismos pertinentes, deberá proceder a la Construcción de una Plaza destinada al esparcimiento familiar, en el espacio físico, cuya superficie es de 4.087,52 m, con ochava de Plano de Mensura, Desmembramiento y Loteo 10.422 - Matrícula 93.029, ubicado en el Barrio Nuevo Limache, Etapas 10, 11, 12 y 13.
Artículo 2 .- La característica de la plaza mencionada en el artículo anterior tendrá como elemento constitutivo según se detalla:
Artículo 3 .- Las erogaciones mencionadas en el artículo anterior serán imputadas en la Partida Presupuestaria correspondiente al año 1999.
Artículo 4 .- Comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal.
Dada en sala de sesiones del Concejo Deliberante de la Ciudad
de Salta 28 de julio de 1998 - Sanción 3201
Sierra - Huergo
Departamento Ejecutivo. 20 de agosto de 1998
Promúlguese, téngase por Ordenanza 8226 - comuníquese, regístrese, insértese en el Boletín Municipal y archívese.
Pontussi
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