Ref. Expte. 563/89.
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNION, HA ACORDADO Y
ORDENA:
Artículo 1 .- Fiscalizar y regularizar el cobro de las explotaciones de Concesiones Municipales en general, en todo el ámbito del Municipio de la Ciudad de Salta.
Artículo 2 .- El Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaría de Gobierno, elevará al Concejo Deliberante en un plazo de quince (15) días, toda la información relacionada con los siguientes actos de disposición de bienes y/o espacios del dominio municipal:
- Concesiones con contratos en vigencia.
- Concesiones con contratos vencidos.
- Permisionarios con autorización en vigencia.
- Permisionarios con autorización vencida.
- Usufructuarios conautorizados.
- Detalle de todas las instalaciones fijas o ambulatorias que funcionan en espacios y/o instalaciones de dominio municipal.
Artículo 3 .- Comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal.
Borella - Alvarez
Departamento Ejecutivo, 21 de Junio de 1989.
Promúlguese, téngase por Ordenanza, comuníquese, publíquese, regístrese bajo el número 5511, insértese en el Boletín Municipal y archívese.
Alderete
Yarade - Dip - Ferrary