Ref. Exptes. 977/87 y 697/88.
Nota 627/88.
La observación formulada por el Departamento Ejecutivo Municipal mediante Decreto 1112/88, a la Ordenanza sancionada por este Cuerpo, bajo el número 203/88, el día 14/10/88 por la cual se otorga a los propietarios de ``Fabulandia'' S.R.L., la concesión de espacios abiertos en Plazas de esta Ciudad, con destino a la exhibición de rodados de diversos tipos para su alquiler por hora o fracción, y
Que conforme a los términos del considerando del mencionado Decreto, no se efectuó un análisis de factibilidad, y
Que no se cumplió con la Ley de Contabilidad para el otorgamiento de la concesión (Licitación Pública), por lo que se hace lugar a la observación quedando redactada de la siguiente manera:
Por ello,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNION, HA ACORDADO Y
ORDENA:
Artículo 1 .- Autorízase en forma precaria, a la firma Fabulandia S.R.L., con domicilio en calle Alvarado 76, de propiedad de las señoras Virginia R. Gudiño D.N.I. 9.481.155, a la explotación y exhibición de rodados de diversos tipos para su alquiler por hora o fracción en Plaza General Rudecindo Alvarado, cita en calle Alvarado al 1800.
Artículo 2 .- La firma Fabulandia S.R.L., entregará al Concejo Deliberante quinientas (500) entradas mensuales para ser distribuidas entre los niños carenciados de esta capital.
Artículo 3 .- Comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal.
Dada en sala de sesiones del Concejo Deliberante de la Ciudad de Salta, a los un días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y ocho. Sanción 265.
Bruno - Fernández García
Departamento Ejecutivo, 16 de Diciembre de 1988.
Promúlguese, téngase por Ordenanza, comuníquese, regístrese bajo el número 5428 insértese en el Boletín Municipal y Archívese.
Alderete
Ferrary