Secretaría de Gobierno
Ref. Exptes. 61383/81 y 2804/80.
Que la Ordenanza 3471/82 se omitió consignar la numeración de la Unidad Funcional donada a favor de esta Comuna por la firma S.A.L.C.O. S.R.L., ubicada en los terrenos catastrados bajo números 87.102 y 80.789 - Sección R - Manzana 485, Parcelas 8a y 9a respectivamente; y
Que es necesario salvar dicha omisión, tratándose de un dato de relevante importancia para la individualización de los locales donados; y;
Que el Poder Ejecutivo ha otorgado la autorización a que hace referencia el artículo 3 de la Ley 5928/82, mediante Resolución 708 de fecha 1 de Setiembre del año en curso;
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SALTA
DECRETA:
Artículo 1 .- Déjase establecido que los locales donados por la firma S.A.L.C.O. S.R.L. a favor de esta Comuna, ubicados en la construcción existente en los predios catastrados bajo números 87.102 y 80.789 - Sección R - Manzana 485, Parcelas 8a y 9a, se encuentran individualizados como Unidad Funcional 26.
Artículo 2 .- La presente disposición es complementaria de la Ordenanza 3471/82, de la cual forma un solo cuerpo legal.
Artículo 3 .- Tome razón Secretaría de Obras Públicas con sus respectivas Dependencias y Escribanía Municipal.
Artículo 4 .- La presente Ordenanza será refrendada por los Señores Secretarios de Gobierno, Hacienda y Obras Públicas.
Artículo 5 .- Comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal y elévese copia al Ministerio de Gobierno, Justicia y Educación de la Provincia.
Quintana
Valdez - Paesani - Elias