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Plaza de las Provincias Argentinas, Ordenanza 1415-64

Artículo 1 .- Desígnase con el nombre de Plaza de las Provincias Argentinas, a la comprendida en la Sección C, manzana 12, Parcela 1, catastro 14640 de propiedad de la Municipalidad de la Ciudad de Salta y ubicada entre calles Victorino de la Plazas, calle sin nombre y avenidas Hipólito Yrigoyen y San Martín.

Artículo 2 .- El Departamento Ejecutivo, dispondrá de inmediato, la urbanización correspondiente de la plaza mencionada, procediendo a su arbolado, con especies enviadas por los gobiernos de todas las provincias que componen el territorio Nacional, colocando en cada esquina, letreros con el nombre de la plaza y en el centro, levantará un monolito alusivo.

Artículo 3 .- Facúltase a los señores Silvio Alberto Famá y Marciano Morales, respectivamente, a reunir los antecedentes iniciados para concretar ante los gobiernos provinciales, la donación de escudos de cada provincia y especies de plantas típicas de cada una de ellas.

Artículo 4 .-

Comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal.

Sancionada: 9 de Setiembre de 1964

Famá - Morales

Promulgada: 21 de Setiembre de 1964.

Bettela - Romero


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Secretaría de Medio Ambiente