Ref. Ordenanza 4079 Ad - Referendum.
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNION, HA ACORDADO Y
ORDENA:
Artículo 1 .- No hacer lugar a la Ordenanza 4079/85, dictada por el Departamento Ejecutivo Ad - Referendum del Honorable Concejo Deliberante, por cuanto, respecto al lugar en que se encuentra emplazado un busto y se designa con el nombre de ``Plazoleta Dr. Miguel Ragone'', este cuerpo sancionó, con fecha 4 de diciembre de 1984, una Ordenanza, destinado el mismo para el emplazamiento del monumento al ex - Presidente de la República General Juan Domingo Perón.
Artículo 2 .- El Departamento Ejecutivo deberá especificar la partida en la cual se imputaron los gastos realizados para la ornamentación y demás tareas, como así también las dependencias municipales que hayan tomado conocimiento e intervención para realizar los trabajos ordenados con motivo de la Ordenanza que se rechaza.
Artículo 3 .- Comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal.
Latnik - Loaiza
Promúlguese, téngase por Ordenanza, comuníquese, publíquese, regístrese bajo el número 4141, insértese en el Boletín Municipal y archívese.