BUENOS AIRES, 19 de DICIEMBRE de 1996 -BOLETIN OFICIAL - 03/01/1997
DESCRIPTORES:
OBRAS HIDRAULICAS-ORGANISMO REGIONAL DE SEGURIDAD DE PRESAS COMAHUE-ESTRUCTURA ORGANICA-ENTES DESCENTRALIZADOS-REFORMA DEL ESTADO-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
VISTO
la Ley N. 24.629, sus normas modificatorias y complementarias, el Decreto N. 2736 del 29 de diciembre de 1993, y normas complementarias, y
CONSIDERANDO
Que por el Decreto N. 2736/93, se creó, en el ámbito de la EX-SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, actual SECRETARIA DE ENERGIA Y PUERTOS, el ORGANISMO REGIONAL DE SEGURIDAD DE PRESAS COMAHUE (ORSEP COMAHUE), el que está integrado por partes iguales por la SECRETARIA DE ENERGIA Y PUERTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y la AUTORIDAD INTERJURISDICCIONAL DE LAS CUENCAS DE LOS RIOS LIMAY, NEUQUEN Y NEGRO, creada por el Tratado Interjurisdiccional aprobado por la Ley Nacional N. 23.896.
Que dicho Organismo tiene a su cargo, la regulación técnica y la fiscalización de la seguridad estructural de las presas, embalses y obras complementarias y auxiliares, ubicadas en las cuencas de los ríos LIMAY, NEUQUEN y NEGRO, siendo la Autoridad de Aplicación, en tal ámbito, de las normas vinculadas a la materia de su competencia contenidas en los contratos de concesión para aprovechamientos hidroeléctricos situados en las mencionadas cuencas.
Que mediante el Decreto N.558 del 24 de mayo de 1996, se instruyó a la UNIDAD DE REFORMA Y MODERNIZACION DEL ESTADO DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, fijando pautas para instrumentar la Segunda Reforma del Estado.
Que asimismo, por el Decreto N. 660 del 24 de junio de 1996, complementario del acto administrativo mencionado precedentemente, se determinó la modificación estructural de la Administración Nacional.
Que, en consecuencia, corresponde aprobar la estructura organizativa del ORGANISMO REGIONAL DE SEGURIDAD DE PRESAS COMAHUE (ORSEP COMAHUE).
Que la UNIDAD DE REFORMA Y MODERNIZACION DEL ESTADO DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete, expidiéndose favorablemente.
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se encuentra facultado para dictar la presente medida en virtud de las atribuciones emergentes del Artículo 99 inciso 1) de la CONSTITUCION NACIONAL.
Art.1 : Apruébase la estructura organizativa del ORGANISMO REGIONAL DE SEGURIDAD DE PRESAS COMAHUE (ORSEP COMAHUE), organismo descentralizado de la SECRETARIA DE ENERGIA Y PUERTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, de conformidad con el Organigrama, Objetivos, Responsabilidad Primaria y Acciones, y Dotación -Planta Permanente-, que como Anexos I, II y III, forman parte integrante del presente Decreto.
Art. 2 : Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
FIRMANTES:
MENEM - RODRIGUEZ - FERNANDEZ