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Recursos

Los recursos financieros necesarios prevendrán de:

56. Inversiones directas de instituciones nacionales, regionales e internacionales para los esfuerzos comunitarios.

57. Inversiones publicas y privadas para proyectos de colaboración entre ONGs de todo el mundo, observando los aspectos éticos enumerados en este tratado.

58. Introducción de impuestos y multas para aplicar a programas ambientales de desarrollo ecológico y socialmente sustentable, garantizando una discusión democrática de las formas de inversión de estos recursos.

59. Para evaluar el funcionamiento de este tratado nos encontraremos en 1994, previas reuniones que permitan evoluciones locales, regionales, nacionales y continentales.


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Secretaría de Medio Ambiente