Ministerio de Economía.
Secretaría de Industria, Minería, Comercio y Turismo.
Ref. Expte. 118 - 254/93.
Visto:
El convenio suscripto entre la Municipalidad de la ciudad de Salta, el Ente Autáquico Parque Industrial y la Secretaría de Industria, Minería, Comercio y Turismo de la Provincia, en fecha 4 de diciembre de 1992; y,
Considerando:
Que dentro del marco de la crisis económica nacional, provincial y municipal, se hace necesario extremar los recursos en pro de un mejor rendimiento, a favor de los ciudadanos con contención del gasto público;
Que en tal sentido el referido convenio sintetiza un proyecto de integración Provincia - Municipio con un fin común cual es, la implementación de una Estación Terminal de Camiones y transferencia de cargas que será realizada por la actividad privada sin reportar erogación alguna para el Estado;
Por ello,
El Gobernador de la Provincia de Salta Decreta:
Artículo 1 .- Apruébase el convenio firmado entre la Municipalidad de la ciudad de Salta, el Ente Autárquico Parque Industrial y la Secretaría de Industria, Minería, Comercio y Turismo el 4 de diciembre del año 1992, cuya copia original forma parte del presente decreto.
Artículo 2 .- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía de la Provincia y los Señores Secretario General de la Gobernación y Secretario de Industria, Minería, Comercio y Turismo.
Artículo 3 .- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Ulloa
Guzmán - Martino - Lemos