Sancionada el 15/8/97
Artículo 1 .- Modificase la zonificación establecida en Ordenanza 3976, de R3 y C2 a la que se denominará en adelante R1 - a, al área comprendida dentro de los siguientes límites: al Oeste avenida D.F.Sarmiento, al Norte avenida y calle General Arenales; al Este J.M.Pueyrredon y al Sur Avenida Entre Ríos.
Artículo 2 .- Exceptuase de lo prescrito en la presente Ordenanza a las parcelas con frente a:
Artículo 3 .- Las parcelas con frente a la avenida Entre Rios mantendrán los indicadores urbanísticos asignados en Ordenanzas. 6693 y 7420.
Artículo 4 .- Asígnase los siguientes indicadores urbanísticos para el área:
ZONA R1 - a
1.200 hab/Ha.
Comercial Periódico, Categorías B7 - B9 - B10 - y B11, exepto playas de Estacionamiento y Garajes.
Institucional, educacional, sanitario, cultural distribuidos y recreativos, sin predominio de grandes espacios abiertos.
Institucional, otras categorías no enunciadas en II.
Artículo 5 .- Modificase y sustitúyase las planchetas 15 y 24 de la Ordenanza 3976, Código de Planeamiento Urbano.
Artículo 6 .- Comuniquese, publíquese y desé al Registro Municipal.