El Departamento Capital tiene dos Municipios: Salta y San Lorenzo.
El Municipio de Salta, tiene su Carta aprobada por Convención y ratificada por ley de la Provincia, todo de acuerdo a la Constitución Provincial.
Tiene una sola Ciudad, la de Salta, y un gobierno de dos poderes: Ejecutivo y Concejo Deliberante. La Justicia de Faltas es administrativa y está dentro del Poder Ejecutivo. Debe hacerse notar que este gobierna a todo el Municipio y no solo a la Ciudad, si bien por motivos históricos varios elementos refieren a la Ciudad, como su escudo y varios textos que se utilizan en la documentación oficial. La única excepción constitucional a este precepto es el ingreso por el impuesto inmobiliario, dado que los Municipios solo perciben lo que corresponde a su éjido urbano. Muchas ordenanzas autolimitan su ámbito de aplicación al éjido urbano.
Los límites de la Ciudad dentro del Municipio se fijan por Ordenanza.
D. Saravia