29.4.- Para que los trabajadores y sus sindicatos desempeñen un papel cabal y fundamentado en apoyo del desarrollo sostenible, los gobiernos y patronos deberían fomentar el derecho de cada trabajador a la libre asociación y proteger el derecho a establecer organizaciones, según lo previsto en los convenios de la OIT. Los gobiernos deberían ratificar y aplicar esos convenios, si aun no lo hubieran hecho.
29.5.- Los gobiernos, el comercio y la industria deberían garantizar la participación activa de los trabajadores y sus sindicatos en las decisiones sobre la formulación, la ejecución y la evaluación de políticas y programas nacionales e internacionales sobre el medio ambiente y el desarrollo, incluidas las políticas en materia de empleo, estrategias industriales, programas de ajuste laboral y transferencia de tecnología.
29.6.- Los sindicatos, patronos y gobiernos deberían cooperar para velar por que el concepto del desarrollo sostenible se aplicara de manera equitativa.
29.7.- Deberían establecerse mecanismos de colaboración bipartitos (entre patronos y empleados) o tripartitos (entre patronos, empleados y gobiernos) en los centros de trabajo y a nivel comunitario y nacional para tratar las cuestiones relativas a la seguridad, la salud, el medio ambiente y la equidad, haciendo especial referencia a los derechos y a la condición de la mujer en los lugares de trabajo.
29.8.- Los gobiernos y los patronos deberían velar por que los trabajadores y sus representantes contaran con toda la información pertinente para participar de manera eficaz en estos procesos de adopción de decisiones.
29.9.- Los sindicatos deberían continuar definiendo, desarrollando y fomentando políticas sobre todos los aspectos del desarrollo sostenible.
29.10.- Los sindicatos y los patronos deberían establecer el marco de referencia para formular una política ambiental conjunta, y establecer prioridades para mejorar el ámbito de trabajo y la forma en que la empresa se comporta en general con respecto al medio ambiente.
29.11.- Los sindicatos deberían:
29.12.- Los trabajadores y sus representantes deberían tener derecho a que se les impartiera suficiente capacitación para incrementar su conciencia ambiental, proteger su salud y velar por su seguridad y mejorar su bienestar económico y social. La capacitación debería proporcionarles los conocimientos necesarios para fomentar modos de vida sostenibles y mejorar el medio laboral. Los sindicatos, los patronos, los gobiernos y los organismos internacionales deberían cooperar en la evaluación de las necesidades de capacitación dentro de sus respectivas esferas de actividad. Los trabajadores y sus representantes deberían participar en la formulación y la ejecución de los programas de capacitación para los trabajadores organizados por los patronos y gobiernos.