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Actividades

  1. Actividades de gestión

    19.59.- Los gobiernos, al nivel que corresponda y con el apoyo de las organizaciones intergubernamentales y de los organismos y programas de las Naciones Unidas competentes, deberían:

    1. Promover y apoyar la búsqueda de soluciones multidisciplinarias a los problemas de la utilización de productos químicos en condiciones de seguridad;

    2. Considerar la necesidad de establecer y fortalecer, cuando proceda, un mecanismo nacional de coordinación que sirva de enlace entre todos los sectores que se vean afectados por las actividades de empleo de productos químicos en condiciones de seguridad (por ejemplo, agricultura, medio ambiente, educación, industria, mano de obra, salud, transporte, policía, defensa civil, asuntos económicos, instituciones de investigación y centros de lucha contra las intoxicaciones);

    3. Crear mecanismos institucionales para la gestión de los productos químicos, incluidos medios eficaces para hacerlos aplicar;

    4. Crear y ampliar o fortalecer, cuando proceda, redes de centros para hacer frente a las situaciones de emergencia, entre ellos centros de lucha contra las intoxicaciones;

    5. Fomentar la capacidad nacional y local para prepararse para casos de accidente y para hacerles frente teniendo en cuenta el programa APELL del PNUMA y programas análogos de prevención de accidentes, preparación para casos de accidentes y medidas para hacerles frente, cuando proceda, incluidos planes de emergencia periódicamente ensayados y actualizados;

    6. En cooperación con la industria, establecer procedimientos para hacer frente a las situaciones de emergencia, individualizando los medios y el material necesarios en industrias e instalaciones para reducir los efectos de los accidentes.

  2. Datos e información

    19.60.- Los gobiernos deberían:

    1. Organizar campanas de información para sensibilizar al público en general acerca de los problemas relacionados con la utilización de productos químicos en condiciones de seguridad, en particular programas que brinden información sobre las existencias de productos químicos, las opciones más inicuas desde el punto de vista ecológico y los inventarios de emisiones, que también podrían ser un medio para la reducción de los riesgos;

    2. En colaboración con el RIPQPT, crear registros y bases de datos nacionales sobre los productos químicos que contengan información relativa a la seguridad;

    3. Obtener datos de vigilancia sobre el terreno relativos a productos químicos tóxicos que revistan gran importancia ecológica;

    4. Cooperar con las organizaciones internacionales, cuando proceda, para vigilar y fiscalizar eficazmente la generación, la fabricación, la distribución, el transporte y las actividades de eliminación que se relacionen con los productos químicos tóxicos, velar por el cumplimiento de las medidas preventivas y de precaución y las reglas de gestión de la seguridad, y facilitar información precisa sobre los datos pertinentes.

  3. Cooperación y coordinación en los planos internacional y regional

    19.61.- Los gobiernos, al nivel que corresponda y con el apoyo de las organizaciones internacionales y regionales competentes, deberían:

    1. Preparar directrices, allí donde aun no existan, con recomendaciones y listas de verificación para promulgar legislación relativa a la utilización de productos químicos en condiciones de seguridad;

    2. Ayudar a los países, en particular a los países en desarrollo, a elaborar y fortalecer la legislación nacional y su aplicación;

    3. Examinar la posibilidad de adoptar programas sobre el derecho de la comunidad a la información u otros programas de difusión de información pública, cuando proceda, como posibles medios de reducción de riesgos. Las organizaciones internacionales competentes, en particular el PNUMA, la OCDE, la CEPE, y otras partes interesadas deberían considerar la posibilidad de preparar un documento de orientación sobre la instauración de esos programas para uso de los gobiernos. El documento debería aprovechar la labor existente sobre accidentes e incluir nuevas orientaciones sobre inventarios de emisiones tóxicas e información sobre riesgos. Dicha orientación debería incluir la armonización de los requisitos, las definiciones y los elementos de datos a fin de fomentar la uniformidad y permitir el intercambio internacional de datos;

    4. Aprovechar la labor internacional de evaluación de riesgos realizada en el pasado, el presente y el futuro para ayudar a los países, en particular a los países en desarrollo, a crear y a afianzar su capacidad de evaluación de riesgos en los planos nacional y regional con objeto de reducir al mínimo los riesgos en la fabricación y utilización de productos químicos tóxicos;

    5. Promover la aplicación del programa APELL del PNUMA y, en particular, el directorio internacional de centros para hacer frente a las situaciones de emergencia preparado por la OCDE y el PNUMA;

    6. Cooperar con todos los países, en particular los países en desarrollo, para crear mecanismos institucionales en el plano nacional y concebir instrumentos apropiados para la ordenación de los productos químicos;

    7. Organizar cursos de información, a todos los niveles de producción y utilización, para el personal que debe ocuparse de las cuestiones referentes a la utilización de productos químicos en condiciones de seguridad;

    8. Establecer mecanismos para aprovechar al máximo en los países la información existente en el plano internacional;

    9. Invitar al PNUMA a que promueva principios para la prevención de accidentes, la preparación para casos de accidente y las medidas para hacerles frente, destinados a los gobiernos, la industria y el público, aprovechando la labor realizada en esta esfera por la OIT, la OCDE y la CEPE.


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