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Actividades

  1. Actividades de gestión

    17.128.- Los pequeños Estados insulares en desarrollo, con la asistencia pertinente de la comunidad internacional y sobre la base de la labor de las organizaciones nacionales e internacionales, deberían tomar las medidas siguientes:

    1. Estudiar las características ambientales y de desarrollo especiales de las islas pequeñas y preparar su perfil ambiental y el inventario de sus recursos naturales, sus hábitat marinos críticos y su biodiversidad.

    2. Desarrollar las técnicas para determinar y vigilar la capacidad de sustentación de las islas pequeñas partiendo de distintas hipótesis de desarrollo y limitaciones de recursos.

    3. Preparar planes a medio y largo plazo para el desarrollo sostenible que destaquen la utilización múltiple de los recursos, integren las consideraciones ambientales en la planificación y las políticas económicas y sectoriales, definan las medidas encaminadas a mantener la diversidad cultural y biológica, y conserven las especies en peligro y los hábitat marinos críticos.

    4. Adaptar las técnicas de ordenación de las zonas costeras, tales como la planificación, los emplazamientos y las evaluaciones de los efectos en el medio ambiente, utilizando Sistemas de Información Geográfica adecuados a las características especiales de las islas pequeñas, teniendo en cuenta los valores tradicionales y culturales de las poblaciones indígenas de los países insulares.

    5. Examinar las disposiciones institucionales existentes y adoptar y poner en práctica las reformas institucionales pertinentes que sean esenciales para la eficaz aplicación de los planes de desarrollo sostenible, teniendo en cuenta la coordinación intersectorial y la participación comunitaria en el proceso de planificación.

    6. Ejecutar planes de desarrollo sostenible que incluyan el examen y la modificación de las políticas y prácticas actuales que no sean sostenibles.

    7. Con sentido de la precaución y la anticipación, formular y poner en práctica estrategias de respuesta racionales para hacer frente a los efectos ambientales, sociales y económicos del cambio climático y la elevación del nivel del mar, y preparar planes adecuados para esas eventualidades.

    8. Fomentar la utilización de tecnologías ecológicamente racionales para el desarrollo sostenible en los pequeños Estados insulares en desarrollo y determinar las tecnologías que se deban excluir a causa de la amenaza que representan para los ecosistemas insulares esenciales.

  2. Datos e información

    17.129.- Se debería reunir y evaluar más información sobre las características geográficas, ambientales, culturales y socioeconómicas de las islas para coadyuvar al proceso de planificación. Se deberían ampliar las bases de datos y se deberían desarrollar sistemas de información geográfica y adaptarlos a las características especiales de las islas.

  3. Cooperación y coordinación en los planos internacional y regional

    17.130.- Los pequeños Estados insulares en desarrollo, con la asistencia pertinente de las organizaciones internacionales, ya sean subrepciones, regionales o mundiales, deberían desarrollar y fortalecer la cooperación y el intercambio de información interinsular, regional e interregional, que incluya la celebración de reuniones periódicas regionales y mundiales sobre el desarrollo sostenible de dichos Estados, como la primera conferencia mundial sobre el desarrollo sostenible de los pequeños Estados insulares en desarrollo, que habrá de celebrarse en 1993.

    17.131.- Las organizaciones internacionales, ya sean subrepciones, regionales o mundiales, deben reconocer las necesidades especiales de desarrollo de los pequeños Estados insulares en desarrollo y otorgar la prioridad adecuada a la prestación de asistencia, especialmente respecto de la elaboración y aplicación de planes de desarrollo sostenible.


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