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Actividades

16.31.- Las actividades propuestas en esta área de programas requieren una cooperación internacional estrecha. Deberían basarse en las actividades proyectadas o existentes tendientes a acelerar la aplicación ecológicamente racional de la biotecnología, especialmente en los países en desarrollo.

  1. Actividades de gestión

    16.32.- Los gobiernos, al nivel que corresponda y con el apoyo de las organizaciones internacionales y regionales competentes, el sector privado, las organizaciones no gubernamentales y las instituciones académicas y científicas, deberían tomar las medidas siguientes:

    1. Velar por que los procedimientos de seguridad existentes estén generalmente disponibles mediante la reunión de la información existente y su adaptación a las necesidades específicas de distintos países y regiones.

    2. Continuar desarrollando, según sea necesario, los procedimientos de seguridad existentes para fomentar el desarrollo y la categorización científicos en las esferas de la evaluación de los riesgos y su gestión (necesidades en materia de información, bases de datos, procedimientos para evaluar los riesgos y las condiciones de liberación, creación de condiciones de seguridad, vigilancia e inspecciones e integración de las iniciativas nacionales, regionales e internacionales en curso, evitando la duplicación siempre que sea posible).

    3. Compilar, actualizar y elaborar procedimientos de seguridad compatibles en un marco de principios acordados internacionalmente como base para directrices en materia de seguridad en biotecnología, incluida la consideración de la necesidad y la viabilidad de un acuerdo internacional, y fomentar el intercambio de información como base para el ulterior desarrollo, basandose en la labor realizada ya por los órganos internacionales u otros órganos de expertos.

    4. Ejecutar programas de capacitación a nivel nacional y regional sobre la aplicación de las directrices técnicas propuestas.

    5. Prestar asistencia en el intercambio de información sobre los procedimientos necesarios para la manipulación segura y la gestión de los riesgos y sobre las condiciones de liberación de los productos de la biotecnología, y cooperar para prestar asistencia inmediata en los casos de emergencia que puedan surgir debido a la utilización de productos de la biotecnología.

  2. Datos e información

    Véanse los párrafos 16.32.y 16.33.

  3. Cooperación y coordinación en los planos internacional y regional

    16.33.- Los gobiernos, al nivel que corresponda y con el apoyo de las organizaciones internacionales y regionales competentes, deberían encargarse de crear una mayor conciencia de las ventajas y riesgos relativos de la biotecnología.

    16.34.- Entre las actividades complementarias se deberían incluir las siguientes (véase también el párrafo 16.32.):

    1. Organizar una o más reuniones regionales de países para determinar las medidas prácticas complementarias que faciliten la cooperación internacional en materia de seguridad biológica.

    2. Establecer una red internacional que incorpore puntos de contacto en los planos nacional, regional y mundial.

    3. Proporcionar asistencia directa a petición de los interesados mediante la red internacional, utilizando redes de información, bases de datos y procedimientos de información.

    4. Considerar la necesidad y la viabilidad de directrices acordadas internacionalmente sobre la seguridad en las liberaciones de biotecnología, incluidas la evaluación y la gestión de los riesgos, y considerar la posibilidad de estudiar la viabilidad de directrices que facilitara la elaboración de legislación nacional en materia de responsabilidad e indemnización.


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