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Actividades

  1. Actividades de gestión

    15.5.- Los gobiernos, al nivel que corresponda, en consonancia con las políticas y las prácticas nacionales, con la cooperación de los organismos competentes de las Naciones Unidas y, según proceda, de las organizaciones intergubernamentales y con el apoyo de las poblaciones indígenas y de sus comunidades, de las organizaciones no gubernamentales y de otros grupos, incluidos los círculos mercantiles y científicos, y con arreglo al derecho internacional, deberían, según proceda:

    1. Elaborar nuevas estrategias, planes o programas de acción, o reforzar los existentes, para la conservación de la diversidad biológica y la utilización sostenible de los recursos biológicos, teniendo en cuenta la labor de educación y capacitación necesaria.

    2. Incorporar en los planes, programas y políticas sectoriales o transectoriales pertinentes, las estrategias para la conservación de la diversidad biológica y la utilización sostenible de los recursos biológicos y genéticos, prestando particular atención a la especial importancia de los recursos biológicos y genéticos terrestres y acuáticos para la agricultura y la alimentación.

    3. Realizar estudios por países o utilizar otros métodos para reconocer los componentes de la diversidad biológica que son importantes para su conservación y para la utilización sostenible de los recursos biológicos, atribuir valores a los recursos biológicos y genéticos, reconocer los procesos y las actividades que tienen considerables repercusiones sobre la diversidad biológica, evaluar las repercusiones económicas potenciales de la conservación de la diversidad biológica y la utilización sostenible de los recursos biológicos y genéticos, y sugerir medidas prioritarias.

    4. Tomar medidas que constituyan incentivos eficaces en los sectores económico y social y en otros sectores pertinentes para fomentar la conservación de la diversidad biológica y la utilización sostenible de los recursos biológicos, así como la promoción de sistemas de producción sostenibles, tales como los métodos tradicionales de la agricultura, la agrosilvicultura, la silvicultura y la ordenación de los pastos y de la flora y la fauna silvestres, que utilicen, mantengan o aumenten la biodiversidad(5).

    5. Sin perjuicio de la legislación nacional, tomar medidas para respetar, registrar, proteger y contribuir a aplicar más ampliamente los conocimientos, las innovaciones y las prácticas de las comunidades indígenas y locales que reflejan los estilos de vida tradicionales para la conservación de la diversidad biológica y la utilización sostenible de los recursos biológicos, con miras a la participación justa y equitativa en los beneficios consiguientes, y promover la creación de mecanismos para que esas comunidades, incluidas las mujeres, participen en la conservación y la gestión de los ecosistemas(1).

    6. Realizar investigaciones a largo plazo sobre la importancia de la biodiversidad para el funcionamiento de los ecosistemas y sobre la función de los ecosistemas en la producción de bienes, servicios ambientales y otros valores que contribuyan a un desarrollo sostenible, prestando particular atención a la biología y a la capacidad de reproducción de las especies terrestres y acuáticas clave, entre ellas las especies nativas y las especies cultivadas; las nuevas técnicas de observación y de preparación de inventarios; las condiciones ecológicas necesarias para la conservación de la biodiversidad y la continuación de la evolución, y el comportamiento social y los hábitos de nutrición dependientes de los ecosistemas naturales, en relación con lo cual las mujeres desempeñan funciones clave; estos trabajos deberían realizarse con la participación más amplia posible, especialmente de las poblaciones indígenas y sus comunidades, incluidas las mujeres(1).

    7. Tomar medidas, cuando sea necesario, para la conservación de la diversidad biológica mediante la conservación in situ de los ecosistemas y los hábitat naturales, así como de las variedades primitivas obtenidas por selección y de las variedades silvestres emparentadas con ellas, y para el mantenimiento y la recuperación de poblaciones viables de especies en su entorno natural, y tomar medidas ex situ, preferiblemente en el país de origen; las medidas in situ deberían incluir el reforzamiento de los sistemas de las zonas terrestres, marinas y acuáticas protegidas para dar cabida a, en particular, las zonas pantanosas vulnerables, sean o no de agua dulce, y los ecosistemas ribereños, tales como los estuarios, los arrecifes de coral y los manglares.

    8. Promover la renovación y la restauración de los ecosistemas dañados y la recuperación de las especies amenazadas o en peligro.

    9. Formular políticas para fomentar la conservación de la biodiversidad y la utilización sostenible de los recursos biológicos y genéticos en las tierras de propiedad privada.

    10. Promover un desarrollo ecológicamente racional y sostenible en las zonas adyacentes a las zonas protegidas, con miras a reforzar la protección de estas zonas.

    11. Adoptar los procedimientos apropiados para la evaluación de las repercusiones ambientales de los proyectos propuestos que sea probable que vayan a surtir efectos considerables sobre la diversidad biológica, tomando medidas para que la información pertinente sea fácilmente asequible y para la participación del público, cuando proceda, y fomentar la evaluación de las repercusiones de las políticas y programas pertinentes sobre la diversidad biológica.

    12. Promover, cuando proceda, el establecimiento y mejoramiento de sistemas de inventario nacional, reglamentación o gestión y control al nivel apropiado en relación con los recursos biológicos.

    13. Tomar medidas para fomentar una mayor comprensión y apreciación del valor de la diversidad biológica, manifestada tanto en sus partes componentes como en los servicios prestados a los ecosistemas.

  2. Datos e información

    15.6.- Los gobiernos, al nivel que corresponda, en consonancia con las políticas y las prácticas nacionales, con la cooperación de los organismos competentes de las Naciones Unidas y, según proceda, de las organizaciones intergubernamentales y con el apoyo de las poblaciones indígenas y de sus comunidades, de las organizaciones no gubernamentales y de otros grupos, incluidos los círculos mercantiles y científicos, y con arreglo al derecho internacional, deberían, según proceda:

    1. Reunir, evaluar e intercambiar regularmente información sobre la conservación de la diversidad biológica y sobre la utilización sostenible de los recursos biológicos.

    2. Elaborar métodos para el muestreo y la evaluación sistemáticos, en el plano nacional, de los componentes de la diversidad biológica reconocidos mediante estudios sobre países.

    3. Iniciar o continuar la elaboración de métodos y empezar o proseguir los estudios, al nivel que corresponda, sobre la situación de los ecosistemas y reunir información básica sobre los recursos biológicos y genéticos, entre ellos los de los ecosistemas terrestres, acuáticos, costeros y marinos, así como emprender la preparación de inventarios con la participación de las poblaciones locales e indígenas y sus comunidades.

    4. Determinar y evaluar las repercusiones y los beneficios económicos y sociales potenciales de la conservación y la utilización sostenible de las especies terrestres y acuáticas en cada país, partiendo de los resultados obtenidos mediante los estudios sobre países.

    5. Emprender la actualización, el análisis y la interpretación de los datos obtenidos mediante los trabajos de determinación, muestreo y evaluación descritos más arriba.

    6. Reunir, evaluar y proporcionar información pertinente y fiable, de manera oportuna y en forma adecuada para la adopción de decisiones a todos los niveles, con el apoyo y la participación plenos de las poblaciones locales e indígenas y sus comunidades.

  3. Cooperación y coordinación en los planos internacional y regional

    15.7.- Los gobiernos, al nivel que corresponda, con la cooperación de los organismos competentes de las Naciones Unidas y, según proceda, de las organizaciones intergubernamentales y con el apoyo de las poblaciones indígenas y de sus comunidades, de las organizaciones no gubernamentales y de otros grupos, incluidos los círculos mercantiles y científicos, y con arreglo al derecho internacional, deberían, según proceda:

    1. Considerar el establecimiento o el reforzamiento de los medios y las redes nacionales o internacionales para el intercambio de datos y de información que sean de interés para la conservación de la diversidad biológica y la utilización sostenible de los recursos biológicos y genéticos(7).

    2. Preparar y actualizar regularmente informes mundiales sobre la biodiversidad basandose en las evaluaciones nacionales efectuadas en todos los países.

    3. Promover la cooperación técnica y científica en la esfera de la conservación de la diversidad biológica y la utilización sostenible de los recursos biológicos y genéticos; se debería prestar especial atención al desarrollo y el reforzamiento de la capacidad nacional mediante el aprovechamiento de los recursos humanos y la creación de instituciones, así como mediante la transferencia de tecnología y/o el desarrollo de instituciones de investigación y de gestión, tales como herbarios, museos, bancos de genes y laboratorios, en relación con la conservación de la biodiversidad.

    4. Sin perjuicio de las disposiciones pertinentes del Convenio sobre la Diversidad Biológica, facilitar para este capítulo la transferencia de tecnologías que sean de interés para la conservación de la diversidad biológica y la utilización sostenible de los recursos biológicos o tecnologías biológicas que utilicen recursos genéticos y no causen ningún daño apreciable al medio ambiente, de conformidad con el capítulo 34, y reconociendo que la tecnología incluye la biotecnología (2),(8).

    5. Promover la cooperación entre las partes en las convenciones y los planes de acción internacionales pertinentes, con miras a intensificar y coordinar los esfuerzos por conservar la diversidad biológica y lograr la utilización sostenible de los recursos biológicos.

    6. Reforzar el apoyo a los instrumentos, los programas y los planes de acción internacionales y regionales relacionados con la conservación de la diversidad biológica y con la utilización sostenible de los recursos biológicos.

    7. Promover el mejoramiento de la coordinación internacional de las medidas encaminadas a la conservación y la ordenación eficaces de las especies migratorias que estén en peligro y que no constituyan plagas, incluidos los niveles apropiados de apoyo para el establecimiento y la ordenación de zonas protegidas en lugares transfronterizos.

    8. Promover los esfuerzos nacionales con respecto a las encuestas, la reunión de datos, los muestreos y la evaluación, así como al mantenimiento de bancos de genes.


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Secretaría de Medio Ambiente