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Actividades

Elaboración de un programa sobre el medio ambiente/comercio y el desarrollo

2.22.- Los gobiernos deberían alentar al GUATA, la UNTADO y otras instituciones económicas internacionales y regionales pertinentes a examinar, de conformidad con sus respectivos mandatos y esferas de competencia, las propuestas y los principios siguientes:

  1. Elaborar estudios adecuados para la mejor comprensión de la relación entre comercio y medio ambiente para la promoción del desarrollo sostenible.

  2. Promover el dialogo entre los círculos dedicados al comercio, al desarrollo y al medio ambiente.

  3. En los casos en que se usen medidas comerciales relacionadas con el medio ambiente, garantizar su transparencia y su compatibilidad con las obligaciones internacionales.

  4. Abordar las causas básicas de los problemas del medio ambiente y el desarrollo de manera que se evite la adopción de medidas ambientales que den lugar a restricciones injustificadas del comercio.

  5. Tratar de evitar el uso de restricciones o distorsiones del comercio como medio de compensar las diferencias de costos derivadas de las diferencias en cuanto a normas y reglamentaciones ambientales, ya que su aplicación podría llevar a distorsiones comerciales y aumentar las tendencias proteccionistas.

  6. Velar por que las reglamentaciones y normas relacionadas con el medio ambiente, incluidas las normas de salud y de seguridad, no constituyan un medio de discriminación arbitraria o injustificable o una restricción encubierta del comercio.

  7. Velar por que los factores especiales que afectan a las políticas sobre el medio ambiente y el comercio en los países en desarrollo se tengan presentes para la aplicación de las normas ambientales y para la utilización de cualesquiera medidas comerciales. Cabe señalar que las normas que son validas en los países más avanzados pueden ser inapropiadas y tener costos sociales inaceptables para los países en desarrollo.

  8. Fomentar la participación de los países en desarrollo en los acuerdos multilateral mediante mecanismos como normas especiales de transición.

  9. Evitar las medidas unilaterales para hacer frente a los problemas ambientales que escapan a la jurisdicción del país importador. En lo posible, las medidas ambientales destinadas a resolver los problemas ambientales transfronterizos o mundiales deben basarse en un consenso internacional. Las medidas internas encaminadas a conseguir determinados objetivos ambientales pueden exigir la adopción de medidas comerciales para que las primeras sean eficaces. De considerarse necesaria la adopción de medidas comerciales para hacer cumplir las políticas ambientales, deben aplicarse ciertos principios y normas. Estos pueden incluir, entre otros, el principio de la no discriminación; el principio según el cual la medida comercial que se decida adoptar no debe restringir el comercio más que lo necesario para el logro de los objetivos; la obligación de garantizar la transparencia en el uso de las medidas comerciales relacionadas con el medio ambiente y de notificar debidamente las reglamentaciones nacionales; y la necesidad de considerar las condiciones especiales y las necesidades de desarrollo de los países en desarrollo a medida que estos avanzan hacia el logro de los objetivos ambientales convenidos a nivel internacional.

  10. Establecer mayor precisión, cuando sea necesario, y aclarar la relación entre las disposiciones del GUATA y algunas de las medidas multilateral adoptadas en la esfera del medio ambiente.

  11. Velar por la participación pública en la formulación, negociación y aplicación de políticas comerciales como medio de promover una mayor transparencia a la luz de las condiciones de cada país.

  12. Velar por que las políticas ambientales proporcionen el marco jurídico e institucional adecuado para responder a las nuevas necesidades de protección del medio ambiente que puedan derivarse de cambios en el sistema de producción y de la especialización comercial.


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Secretaría de Medio Ambiente