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Autorización apertura calles, Resolución 62

Ref. Exptes. 35.600/87 y 35.092/87.

Los Expedientes de referencia por los cuales la Empresa Berbeluk S.R.L., solicita autorización para efectuar aperturas de veredas y espacios verdes y caminerías en Plaza 9 de Julio, como así también apertura de cruce de calzada en calles España y Mitre, Buenos Aires y Caseros, según se indica en plano adjunto, para la ejecución de la Obra ``Red Subterránea de Energía Eléctrica en Plaza 9 de Julio'' de esta Ciudad; y,

Los informes favorables producidos por las Direcciones de Obras Viales (25/06/87) de Electricidad (25/06/87) y de Parques, Plazas y Jardines (25/06/87);

El Secretario de Obras Públicas Municipalidad de Salta Resuelve:

Artículo 4 .- Autorizar a la Empresa Berbeluk S.R.L. a efectuar aperturas de veredas, espacios verdes y caminerías en Plaza 9 de Julio, como así también aperturas de cruce de calzadas en calles España y Mitre, Buenos Aires y Caseros, en un todo de acuerdo a plano adjunto, para la ejecución de la Obra ``Red Subterránea de Energía Eléctrica en Plaza 9 de Julio'' de esta Ciudad.

Artículo 5 .- Déjase expresamente establecido que es responsabilidad de la Empresa, recurrente realizar todas las señalizaciones necesarias, como así también el encajonamiento de la tierra proveniente de las excavaciones, a fin de evitar obstaculizaciones, haciéndose responsable además, de los daños que pudieran ocasionar las aperturas a otros servicios subterráneos instalados en la zona.

Artículo 6 .- Será responsabilidad de la Empresa ejecutora dejar la Plaza en las condiciones que se encuentra actualmente, es decir luego de terminada la instalación deberán compactar zanjas en forma reglamentaria, resiembre y reposición de plantas, si es necesario, acondicionamiento y reposición de piso de lajas u otro material, de acuerdo a lo ya existente, todo ésto exigiendo una garantía de tres (3) meses.

Artículo 7 .- Los trabajos de compactación y reposición de veredas y calzadas se ejecutarán por intermedio de la Firma peticionante con una garantía de un (1) año a partir de la fecha de su recepción, debiendo abonar los derechos respectivos de acuerdo a Ordenanzas vigentes. Reposición de calzada efectuará O. Viales con cargo a la Empresa recurrente.

Artículo 8 .- Déjase expresamente establecido que la presente autorización tiene vigencia por el término de noventa (90) días a contar de la fecha de su notificación. Vencido este plazo, deberá efectuarse nueva tramitación.

Artículo 9 .- Notifífiquese y tomen conocimiento la Dirección Gral. de Construcciones y Servicios con sus respectivas dependencias, Dirección de Electricidad y Dirección de Obras Particulares.

Artículo 10 .- Comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal.

Ferrary


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Secretaría de Medio Ambiente