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Baldios, Ordenanza 4680

Ref. Expte. 8250/86.

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNION, HA ACORDADO Y
ORDENA:

Artículo 1 .- Modifícase el Artículo 2 de la Ordenanza 4609/86, el que quedará redactado de la siguiente manera:

``Artículo 2: La presente Ordenanza incluye a todos los inmuebles o terrenos baldíos, en arterias pavimentadas.''

Artículo 2 .- Comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal.

Dada en sala de sesiones del Concejo Deliberante de la Ciudad de Salta, a los dieciseis días del mes de julio de mil novecientos ochenta y seis.

Pereda Paez - Pellejero

Departamento Ejecutivo, 20 de Julio de 1986.

Promúlguese, téngase por Ordenanza, publíquese, regístrese bajo el número 4680, insértese en el Boletín Municipal y archívese.

Alderete

Figueroa - Dip - Ferrary


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Secretaría de Medio Ambiente