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Donación de SALCO, Ordenanza 3471

Intendencia.

Ref. Exptes. 2.804/80 y 61.383/81.

Los expedientes de referencia mediante los cuales la Empresa S.A.L.C.O. S.R.L. ofrece en carácter de donación a esta Municipalidad, dos (2) locales pertenecientes a la construcción existente en la Sección R, Manzana 485, Parcela 8a, los cuales se encuentran ubicados en el Centro Cívico del Barrio Parque El Tribuno, y de la Parcela 9, Manzana 485, Sección R, Matrícula 80.789, del plano 6.522, bajo el cargo de ejecución y aprobación de los planos de subdivisión del inmueble donado, y refacción de los baños de la edificación referida; y

Que la Municipalidad de la Ciudad de Salta, se verá beneficiada con la donación mencionada, lo que permitirá instalar una Oficina Receptora Municipal destinada a facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias a un importante sector de la población, constituído por los habitantes del Barrio Parque El Tribuno de esta ciudad y Barrios aledaños;

Por ello,

Y en uso de las atribuciones conferidas por Decreto 497/81 del Gobierno Provincial, que acuerda al Jefe del Ejecutivo Municipal, a más de las funciones que le son propias, aquellas inherentes al Concejo Deliberante;

El Intendente Municipal de la Ciudad de Salta Decreta con Fuerza de Ordenanza:

Artículo 1 .- Acéptase la donación ofrecida por S.A.L.C.O. S.R.L. consistente en dos (2) locales de la construcción existente en la Sección R, Manzana 485, Parcela 8a, los que se encuentran ubicados en el Centro Cívico del ``Barrio Parque El Tribuno'' y forman parte de una mayor edificación realizada sobre el terreno Catastro 87.102, y del inmueble individualizado como Parcela 9, Manzana 485, Sección R, Matrícula 80.789, del Plano 6.522 - Departamento Capital.

Artículo 2 .- Las Direcciones de Estudios y Proyectos y Obras a Instalaciones Particulares, adoptarán las medidas necesarias para dar cumplimiento al cargo formulado por la donante.

Artículo 3 .- Por Escribanía Municipal se elevará a Escritura Pública la donación efectuada por S.A.L.C.O. S.R.L. registrándose en la Dirección General de Inmuebles la transferencia de dominio a favor de la Municipalidad.

Artículo 4 .- La presente Ordenanza será refrendada por los señores Secretarios de Gobierno, Hacienda y Obras Públicas.

Artículo 5 .- Comuníquese, publíquese y dése al Boletín Municipal.

Fernandez

Montaldi - Burgos - Rodriguez


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Secretaría de Medio Ambiente