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Ordenanza 8225

Ref. Expte. 82 - 38.892/98

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNION, HA ACORDADO Y
ORDENA:

Artículo 1 .- Aceptar la donación efectuada por la Cooperativa de Vivienda y Consumo para Trabajadores Viales de Salta Limitada, a favor de la Municipalidad de la Ciudad de Salta, de una superficie de terreno de 3 Has.( 1.566,40 m$^2$.), correspondiente a la Matrícula 99.471, Sección R, Fracción N - 8a del Departamento Capital, que será destinado al uso Público Municipal y que se discrimina de la siguiente manera:

Superficie destinada a ochavas 383,53 m$^2$

Superficie destinada a espacio verde 7.510,06 m$^2$

Superficie destinada a avenidas, calles y peatonales 2 Has.(3.672,81 m$^2$)

Total de superficie donada 3 Has.(1.566,40 m$^2$)

Artículo 2 .- Comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal.

Dada en sala de sesiones del Concejo Deliberante de la Ciudad de Salta, a los ocho días del mes de julio de mil novecientos noventa y ocho.

Sierra - Huergo

Departamento Ejecutivo, 11 de agosto de 1998.

Promúlguese, téngase por Ordenanza, publíquese, regístrese bajo el número 8225, insértese en el Boletín Municipal y archívese.

Pontussi

Navor Lopez - Soto


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Secretaría de Medio Ambiente