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Tribuna de la Cultura Política Dr. Ricardo Balbin, Ordenanza 3960

Ref. Expte. 238/84.

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNION, HA ACORDADO Y
ORDENA:

Artículo 1 .- Créase en el Parque San Martín de esta ciudad, una zona que será delimitada por la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de la Ciudad de Salta, la que será denominada ``Tribuna de la Cultura Política Dr. Ricardo Balbin'', que será destinada a los partidos políticos y demás organizaciones que tengan por finalidad la formación de dirigentes políticos y el esclarecimiento de los grandes problemas que interesan a la comunidad y se dirijan en forma directa a los ciudadanos que concurran a escucharlos con el objeto de permitir que todos ellos participen en los debates sobre los temas de interés común.

Artículo 2 .- La Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de la Ciudad de Salta, llevará un registro de los pedidos de asignación de las zonas en que se dividirá la ``Tribuna de Cultura Política Dr. Ricardo Balbin'', dando preferencia a los partidos políticos que hayan sido reconocidos y que están autorizados a funcionar como tales en la Provincia de Salta, según la Justicia Electoral de Salta. Las zonas sobrantes serán asignadas a las demás organizaciones.

Artículo 3 .- En cada zona la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de la Ciudad de Salta, colocará un palco y demás elementos necesarios para que los partidos políticos u organizaciones usuarias, puedan organizar los debates públicos.

Artículo 4 .- Comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal.

Dada en sala de sesiones del Concejo Deliberante de la Ciudad de Salta, a los veintitrés días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y cuatro.

Soto - Piccardo

Departamento Ejecutivo, 19 de Noviembre de 1984.

Promúlguese, téngase por Ordenanza, comuníquese, regístrese bajo el número 3960 insértese en el Boletín Municipal y Archívese.

Sangari

Luna - Sily - Dib Ashur


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