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Parque Los Lapachos. Ordenanza 5625

Ref. Nota 407/89 CD - Expte. 38985/89

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNION, HA ACORDADO Y
ORDENA:

Artículo 1 .- Desígnase con el nombre de ``Parque Los Lapachos'' el terreno comprendido entre los límites siguientes:

Al Este:
por una poligonal definida por el plano 6625 y 7079 separan los terrenos de Jaime Durán y Radio Club con los del Gobierno de la Provincia (Catastro de mayor extensión 43.297 y 59.459) definida por los puntos II según plano 7079 (a) y mojón de hormigón del Tiro Federal según plano 6625 (b).

Al Oeste:
por una poligonal definida por los eucaliptus que van paralelos a la calle norte del Cementerio de la Santa Cruz, hasta intersectar una línea imaginaria que es prolongación del mismo norte del Cementerio hasta la calle S/N (c) que da frente a las parcelas 2 y 20 de la manzana 2 de la sección ``O'', luego por una poligonal definida a 3 mts., paralela a la calle Juana Fernández hasta intersectar el límite este de la parcela 14 manzana 1 y límite este de la parcela 18 hasta intersectar el límite norte de la calle Alderete (e), luego siguiendo por este hasta intersectar los límites oeste de las manzanas 3 y 4 del Barrio Portezuelo Sur (f), de allí hacia el norte hasta intersectar la ruta Nacional 34 (g).

Al Norte:
una poligonal definida por la Ruta Nacional 34 que va desde la intersección de la prolongación del límite norte de la parcela 17 y 16 manzana 4 con la ruta Nacional 34, luego cruzando la Ruta Nacional 34 hasta la intersección de una línea imaginaria que es prolongación del frente de la parcela 3, Mat. 51.376 Portezuelo Norte (h); luego bordeando el lado sur del Barrio Portezuelo Norte pasando el límite de la manzana 20 y 22 hasta intersectar el cordón vereda de norte de la Avda. del Turista (j) luego bordeando el espacio verde comprendido entre la Avda. del Turista, al acceso al Hotel Portezuelo y la Ruta Nacional 34 (k) y (l) de allí por el límite sur de la Ruta Nacional 34 hasta intersectar el límite este de la parcela 8 - Matrícula 88752 - sección ``o'' del Radio Club punto II según plano 7079.

Al Sur:
una poligonal definida por el plano 6625 que va desde el mojón de hormigón Tiro Federal (b) hasta intersectar la línea de eucaliptus que va paralela a la calle este del Cementerio, (hay un alambre que separa con los terrenos del Tiro Federal).

Artículo 2 .- No será permitido el tránsito peatonal en el mencionado predio, en las proximidades del Tiro Federal.

Artículo 3 .- Habilítase la partida presupuestaria correspondiente para dar cumplimiento con lo estipulado en la presente Ordenanza.

Artículo 4 .- Comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal.

Dada en sala de sesiones del Concejo Deliberante de la Ciudad de Salta - Sanción 473

Bruno - Alvarez

Departamento Ejecutivo. 20 de Setiembre de 1989

Promúlguese, téngase por Ordenanza 5625 - comuníquese, regístrese, insértese en el Boletín Municipal y archívese.

Saavedra - López Díaz - Guzmán - Alderete


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Secretaría de Medio Ambiente