Siguiente: Tratado sobre Modelos Económicos Superior: Tratado sobre los Bosques Anterior: Principios

Acciones

1. Las ONG utilizaran todos los medios a su alcance para asegurar que las intenciones declaradas en el ``Preámbulo'' y en los ``Principios'' de este tratado sean comprendidas, estén abiertas y sean aplicadas por todos los sectores pertinentes de la sociedad.

2. Las ONG tomaran la iniciativa de apoyar a las poblaciones locales en la gestión, conservación y recuperación de los bosques, con el objetivo de mantener su integridad, preservar la biodiversidad y los ecosistemas, promover la justicia social y la democracia y mejorar la calidad de vida de los pueblos locales.

3. Las ONG, junto a otros sectores de la sociedad, formularan propuestas globales sobre políticas forestales y climáticas, y trataran de incidir para que las decisiones institucionales sobre estos temas también sean tomadas en conjunto con otros gobiernos.

4. Las ONG, las comunidades locales, los pueblos indigenas afectados, deben participar activamente en la evaluación de los proyectos con impacto ambiental y social en los bosques y sus habitantes, garantizando que los resultados de los estudios preliminares sean analizados en ámbitos públicos antes de la adopción de decisiones. Las ONG también trataran de incidir para que las decisiones resultantes sean respetadas y aplicadas.

5. Las ONG organizaran campañas en favor de la conservación de los bosques, por la supervivencia y mejora de la calidad de vida de los pueblos que los habitan, por la ejecución de proyectos de desarrollo que disminuyan las presiones sobre los bosques y por la eliminación de contaminantes, especialmente los que contribuyen a la formación de lluvia ácida. Las ONG se opondrán a todas las tentativas de manipular los ecosistemas forestales mediante el uso de plaguicidas químicos o biológicos.

6. Las ONG intervendrán para canalizar el apoyo técnico y financiero brindado por gobiernos y organismos internacionales para programas de administración y recuperación forestal. Las ONG deben insistir en que tales organismos apliquen políticas coincidentes con el espíritu de este tratado.

7. Las ONG deberán hacer el máximo esfuerzo para asegurar que las comunidades afectadas por proyectos de conservación y manejo sustentable de los bosques sean consultadas previamente y dispongan de mecanismos de participación efectiva en todas las etapas del proceso decisorio de los proyectos de conservación, administración y desarrollo, independientemente de la legislación pertinente.

8. Las ONG tendrán participación activa en el intercambio de conocimientos y técnicas forestales armónicas con el medio ambiente.

9. Las ONG exigirán a los gobiernos la supervisión del manejo de los recursos forestales. Los resultados obtenidos en forma periódica deberán estar a disposición de todos los ciudadanos interesados.

10. Las ONG se opondrán firmemente a la tala rasa con fines industriales en los bosques primarios y vírgenes que aun subsisten, y estimularan la creación de alternativas de trabajo y métodos de supervivencia para las comunidades que dependen de esa practica.

11. Reconociendo el carácter altamente contaminante de la industria de papel y celulosa, las ONG deberán estimular la investigación en materias primas y procesos industriales alternativos para su producción.

12. Las ONG trataran de incidir en las autoridades locales y nacionales para enfrentar las causas del descontrolado crecimiento urbano y rural dentro de las zonas de bosques, para evitar el uso especulativo de las tierras de dicha región.

13. Teniendo en cuenta las complejidades de los ecosistemas forestales y su capacidad de sustentabilidad, las ONG apoyaran las iniciativas populares de reforma agraria fundadas en criterios de justicia social, que tratan de la distribución de la tierra y del derecho al uso de los bosques.

14. Las ONG combatirán las presiones políticas provocadas por la deuda externa, que aumenta el ritmo de deforestación y degradación de los ecosistemas forestales. Las ONG sugerirán y estimularan modelos económicos alternativos compatibles con la conservación de los ecosistemas forestales.

15. Las ONG organizaran campañas tendientes a incluir en la ``Convención sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres'' (CITES) las especies de árboles en vías de extinción.

16. Las ONG deben educar sobre la importancia de los bosques como habitat de la vida silvestre y lucharan para protegerlos.

17. Las ONG tendrán en cuenta los conocimientos tradicionales de los pueblos indigenas y/o de las comunidades locales cuando apoyen o elaboren proyectos de conservación forestal.

18. Las ONG denunciaran las practicas forestales que aceleran la erosión del suelo y provocan desertificación y desestabilización hídrica, o dañan el habitat.

19. Las ONG estimularan y organizaran la reconversión y reutilización de productos forestales y la reducción general de los desechos que tengan relacion con los recursos forestales.

20. Las ONG promoverán la formación de coaliciones e intercambios a nivel regional, nacional e internacional para los propósitos de este tratado.


Siguiente: Tratado sobre Modelos Económicos Superior: Tratado sobre los Bosques Anterior: Principios
Secretaría de Medio Ambiente