Siguiente: Manejo del basural, Decreto Superior: Residuos Anterior: Ordenanza 8075

San Lorenzo. Resolución 33/97 del C.D.

Expedientes 135 - 7443/97 y 1912/97

Por ello,

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNION, HA ACORDADO Y
RESUELVE:

Artículo 1 .- Autorizar al señor Comisionado Interventor de la Ciudad de Salta, a realizar un convenio con el municipio de San Lorenzo, permitiendo a este Municipio la disposición de sus residuos en el Basural San Javier.

Artículo 2 .- El mencionado convenio deberá contemplar el pago, por parte del Municipio de San Lorenzo, del proporcional correspondiente al costo de operación del basural en función del uso que se haga del mismo.

Artículo 3 .- Comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal.

Dada en la Sala de Sesión del Concejo Deliberante de la Ciudad de Salta, a los veintitrés días del mes de Abril de mil novecientos noventa y siete.

Sierra - Yarade


Siguiente: Manejo del basural, Decreto Superior: Residuos Anterior: Ordenanza 8075
Secretaría de Medio Ambiente